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Proceso Monitorio

2 Comentarios
 
perfil Jan
04/02/2010 16:07
Hola alice_mm. Al ser la deuda INFERIOR a 900 € le aconsejo que interponga DIRECTAMENTE Demanda de reclamación de rentas y cantidades a cuyo pago se obligó el arrendatario por contrato. Para interponer la citada demanda usted NO precisará contar con Abogado y Procurador debido a la cuantía de lo reclamaddo. Dispone usted en los Juzgados de su localidad de un IMPRESO oficial para este tipo de demandas.

Reciba un cordial saludo
04/02/2010 11:55
Sí se puede salvo que el inquilino se oponga a la deuda, en cuyo caso -y en este caso- se abre un procedimiento verbal que SÍ exige Letrado Procurador.
Proceso monitorio
04/02/2010 08:29
Buenas,

Se ha marchado el inquilino, no pago el ultimo mes. Solo hay un mes de fianza y no cubre el mes, mas los gastos de la luz que no abonado.

Los gastos rondan los 500 euros. Como reclamar esa deuda?? se puede sin abogado mediante proceso monitorio.