me dispongo a iniciar un proceso monitorio en contra de mi antigua casera, la cual se niega a devolverme la fianza del piso y me reclama una serie de conceptos absurdos (según me han informado en un servicio de orientación jurídica de Madrid). Vamos, que se supone que tenemos razón y que lo lógico es iniciar una reclamación por la vía judicial.
Sé que en este foro hay muchos usuarios que pertenecen al gremio, y me gustaría saber si alguien conoce cómo suelen ser las sentencias de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid; es decir, si estos monitorios se admiten, si llegados a juicio verbal, suele favorecerse a los arrendadores o a los arredatarios...No sé, cualquier tipo de orientación será más que bienvenida.