Buenos dias:
Soy primeriza en el ámbito civil y me surge una duda, presenté un monitorio de reclamación de cantidad de unas retenciones del 5% de las facturas emitidas por mi cliente en los trabajos realizados en una obra.
Han transcurrido más de 3 años desde la ejecución de la obra y mi cliente sólo ha recibido la respuesta de que la obra no esta certificada, cosa que no entendemos ya que los propietarios llevan viviendo desde su entrega.
El caso es que , aunque todavía no hemos recibido respuesta de la contratista, para estar preparada, entiendo que si se oponen,tendré que interponer una demanda en procedimiento ordinario.
¿teneís algun modelo?.
Nota.: Mi cliente ha cobrado todo el dinero , no ha recibido ningún requerimiento de reparación , en su contrato se señala el plazo de garantía de un año ....
por norma general, has de presentar demanda ejecutiva, señalando en la misma los bienes del deudor de los que tengas conocimiento, y solicitando al juzgado libre oficio a los organismos que tu indiques, mas los que de oficio considere, para averiguar bienes o creditos a favor del demandado, y en la misma demanda ejecutiva solicitas el embargo de los mismos.
salvo mejor criterio
Buenos días a todos, me ha llegado una resolución de un Juzgado de 1ª Instancia dándome la razón en un proceso monitorio pero instándome a presentar demanda ejecutiva si quiero cobrar algo. Sin embargo, el art 816 de la LEC establece que en mi caso, es decir cuando el deudor no se opone ni paga, el juez dictará auto despachando ejecución. Parece que la cuestión es que yo tenías que haber establecido los bienes sobre los cuales se tenía que embargar.
¿Es esto cierto? ¿Cómo puedo solicitar que sea el Juzgado el que investigue los bienes que se podrían embargar? ¿Genera costas o sigue siendo como el resto del monitorio?