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Proceso monitorio

5 Comentarios
 
Proceso monitorio
16/12/2008 11:10
Buenos días a todos, acabo de empezar en esto y hasta que me haga con los procedimientos me surgen algunas dudas puntuales. Tengo un proceso monitorio (no como abogado, ya que en éste no es necesario, sino personalmente) en el que la parte deudora ha accedido a pagar, ¿qué tengo que hacer para retirar el monitorio del juzgado? ¿mandar un escrito? ¿entregar algún justificante? ¿se generaría alguna costa?
Por favor agradecería algún consejo, gracias por vuestro tiempo y un saludo
16/12/2008 11:15
El que la parte haya accedido a pagar, no significa que lo haga, en cuyo caso yo me esperaría para ver si efectivamente cumple con el requerimiento.
Si fuere que ya ha pagado, simplemente presenta un escrito en el juzgado pidiendo el archivo al haber llegado a un acuerdo extrajudicial, 22.1. (No se generan ningunas costas)
16/12/2008 13:08
Muchas gracias por tu respuesta, solamente otra cosa, ¿Existe algún modelo preestablecido al respecto, o simplemente se puede redactar cumpliendo un contenido mínimo?
16/12/2008 15:00
No te hace falta ningún modelo específico, que tampoco sé si existe, ya que básicamente el contenido del escrito son dos líneas.

Por ejemplo:
Habiendo llegado esta parte a un acuerdo extrajudicial con el deudor, desisto de la continuidad del procedimiento al amparo del art. 22.1, procediéndose al archivo de las actuaciones y solicitando igualmente el desglose de los documentos originales aportados en mi escrito de demanda.
SUPLICO: Que tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y en su virtud tenga por hechas las manifestaciones en él contenidas y acuerde por tener por desistida a esta parte respecto a las pretendsiones formuladas, acordando que se proceda al archivo de las actuaciones y al desglose de los documentos aportados en mi escrito de demanda.

Salvo mejor criterio. Saludos.
16/12/2008 15:05
Si yo me viera en la situación de tener que comenzar un monitorio llegaría hasta el final. Si tiene intención de pagar es tan fácil como que pague y lo acredite ante el juzgado para que se archiven las actuaciones como establece el 817. A él le entregarán justificante de pago. Y a otra cosa.

En el monitorio no hay costas hasta la oposición.
17/12/2008 11:57
Gracias por la ayuda. Ya, yo considero q debería de llegar al final, ya que si le deben, tienes las de ganar y muy poco que perder pues hasta el final, pero el problema es que la deuda es en base a unos servicios impagados. Y esos servicios se los cobró mi cliente muy por encima de lo q le había dicho en un principio. Y bueno, le ha mordido su conciencia y prefiere tirar por esa solución. Un saludo