Primero de todo, esto de la impugnación a la oposición en un proceso monitorio es como cuando le dicen a Ud. que le deben dinero y se lo niegan. Esto va del procedimiento monitorio, que es básicamente para reclamar deudas que le deben, ¿vale? Y claro, si el deudor se opone y dice: “Oiga, que yo no debo nada”, entonces le toca a Ud. impugnar esa oposición y demostrar que, efectivamente, sí que le deben. Pues habrá que demostrarlo, ¿no?
Ahora, si quiere leer sobre esto y empaparse de información, puede hacer varias cosas:
Libros con chicha sobre el tema
Libros como “El Proceso Monitorio y sus Incidentes”. Aquí le explican paso a paso lo que tiene que hacer cuando le niegan la deuda.
Busque en el Memento Procesal Civil. Es como el manual del mecánico, pero para los pleitos. Claro, que aquí lo tiene todo explicado. con los ingredientes claros.
No se pierda el Código Procesal Civil Comentado. Esto es como el mapa para no perderse en la burocracia legal.
Revistas y artículos en bases de datos jurídicas
Métase en Aranzadi o Tirant Lo Blanch. Allí encontrará un montón de artículos y ejemplos.
Mire también La Ley Digital, que siempre sacan cosas prácticas.
Casos y sentencias
¡Ah! Si de verdad quiere ver cómo se resuelven estos temas, busque sentencias del Tribunal Supremo. Pues esto es igual: casos resueltos, con ejemplos de cómo los jueces fallan en estas cosas.
Formación y cursos online
Apúntese a un curso online de Tirant Formación o Aranzadi e-Learning. Aquí le explican con ejemplos reales, como si estuviera en una charla de bar con abogados que le cuentan todo al detalle.
Además, siempre puede ver algún webinar de su colegio de abogados o de la universidad, donde van al grano y le explican lo que de verdad importa.
Y para acabar…
No se deje marear. La clave está en documentarse bien y tener claro su derecho. Porque si alguien le debe algo, ¡tiene que reclamarlo y demostrarlo sin miedo!