Hace años que presenté un proceso monitorio. Fui dando los pasos necesarios hasta que solicite el estado de sus bienes, y me los enviaron detallando las cuentas del banco. Solicite el embargo de lo que me debía de sus cuentas bancarias, presentes y futuras. Pasado 2 años y visto que no sabía nada del tema, volví a requerir que me enviaran listado de sus bienes. Me volvieron a enviar otra vez el estado de sus cuentas, en las que casi no había dinero. Ahora 3 años después, me pregunto si es que tengo que hacer algo que no he hecho, o es que simplemente no tienen de dónde embargar.
El proceso monitorio prescribe??
El monitorio es un proceso para solicitar cantidades debidas, para eso creo que son 4 años de prescripción , pero una vez tienes sentencia y la has ejecutado no prescribe.
De cualquier modo te explico para que lo tengas en cuenta, los embargos de cuentas una vez que los solicitas van un día concreto embargan lo que haya y listo, no perdura en el tiempo para que cuando entre dinero lo embarguen, por lo que solicita el embargo cada 6 meses más o menos .
Otro dato, si trabaja embarga la nómina, si cobra ayudas embargalas, si le devuelven del IRPF embargarlo. No te centres solo en las cuentas.
Si la deuda es muy alta embargarle la casa o tierras y sácalas a subasta, si la deuda es más pequeña embarga coches.
Haz el máximo daño para conseguir saldar la deuda, pero por periodos de 6 meses máximo.