1.la parte que presenta sl reclamacion si no se presenta al acto de conciliacion se entiende desisitido del procedimiento; ello no obsta a que pueda vovler a interponer otra nueva papeleta.
2. Si no te localiza en la direccion, se te citara mediante edicto en el boletin de la provincia.
saludos.
Mi antiguo jefe me reclama una cantidad que dice que me pagó de más cuando me fui de la empresa.
Me llegó una citación para una conciliación, yo fui pero él no vino a la conciliación.
Ahora me voy a vivir a otra ciudad, y me gustaría saber lo siguiente:
- ¿Qué ocurre si él no se ha presentado, siendo que es él quien me demanda? ¿Puede volver a hacerlo?
- ¿Que ocurre si me vuelve a demandar y yo estoy viviendo en otra ciudad? Mi mujer seguirá viviendo en el anterior domicilio (por si vale este dato).