Hola a todos,
Tengo una duda que he de resolver urgentemente, os cuento:
Contrato de arrendamiento de local de negocio. Hay una cláusula al final del contrato que establece los Tribunales y Juzgados de ... como los competentes en caso de controversia.
Me acabo de dar cuenta que también anexo al contrato encontramos una hoja de garantía de alquiler que establece que las partes contratantes se someterán a Arbitraje de la Corte Española de Arbitraje Econ. de Derecho y Equidad.
Ya había interpuesto demanda de desahucio por falta de pago y reclamación economica de las rentas debidas ante el Juzgado de 1ª Instancia, y me han señalado la vista para el proximo 9 de Nov.
¿Estoy obligado a someterme a arbitraje y no a los Tribunales de Justicia? ¿es áquel supletorio de la justicia ordinaria o por el contrario es excluyente?