Si es el supuesto de hecho que yo creo, la cuestión estaba en la prescripción pues la Providencia que tiene por identificado al autor se dicta más de un año después de los hechos y más de seis meses después de haberse interpuesto denuncia, por lo que el delito (que es un delito leve) estaría prescrito. La cuestión previa que debía plantearse era un artículo de previo pronunciamiento (666 LECrim) sobre la prescripción.
No es una cuestión previa, sino la clase de procedimiento. Pide el informe de daños a AENA (o a la explotadora del aeropuerto donde se produjeron los daños) y comprueba que el importe de los mismos. Si no hay un informe de daños, no se puede seguir el asunto por delito, sino por delito leve, a no ser que se pida la peritación judicial de aquellos.
Hola, muy buenas compañeros. Estoy estudiando un caso de la universidad y se me esta siendo imposible encontrar las cuestiones previas que puedo sacar a lucir en una comparencia.
Os resumo el caso.
Sucesos 1/4/19 en el Aeropuerto. Delito de daños en el mobiliario. Autor desconocido pero hay imagenes grabadas de el.
Presentan denuncia.
Hay atestado policial, repartiendo el caso al juzgado de instrucción, incoando diligencias previas.
El juzgado de instrucción posteriormente, emite auto para transformar el proceso en un juicio sobre delitos leves, y dicta otro auto ese mismo dia, incoando el procedimiento delito leves,al tiempo que acordaba su archivo por autor desconocido.
Mediante Providencia recibidas las Diligencias ampliatorias identificando al presunto autor, ictó Auto por el que acordaba reabrir las actuaciones y dirigir el procedimiento-Juicio sobre Delitos leves.
Supuestamente el problema esta en el proceso en si, pero despues de darle muchas vueltas, no consigo visualizar el problema. Seguramente esta ante mi y es facil de ver, pero a todos se le atasca en algun caso que otro.