Es el juez el que dice lo que se embarga y primero se va por lo que se entiende que va a dar dinero enseguida, cuentas bancarias, vehículos, nómina, hace poco leí que no es embargable un bien que tenga un valor muy superior a la deuda reclamada, por poco que valga ese piso, tiene que ser bastante más de 2000 €, así que no creo que vayan por él, como mucho si no pueden sacar el dinero de otro sitio, le pondrían una anotación en el registro por ese importe, de manera que si quiere venderlo, antes tendría que pagar esa cantidad.
Jolin,hijo,por 2000 euros que te debe le quieres embargar un piso? Hay que cobrar lo se te adeuda, lo demás me parece avaricia y exagerado. Esa persona es una persona, aunque te deba 2000 euros.
El salario mínimo que para el 2012 son 641,40 € es inembargable, los siguientes 641,40 € le quitarian un 30 %, de los siguientes 641,40 € un 50 € y así.
Si me deben unos 2000 euros y el deudor tiene una nomina de 1200 euros.¿Que porcentaje se le puede retener o embargar de sunomina?¿Hay algun baremo establecido de retencion en ese caso?