Es una pregunta larga,pero alguien me podria decir de forma breve, que tipos de procedimientos existen en administrativo y donde estan regulados.Gracias
El procedimiento administrativo es el "camino" que se ha de seguir necesariamente por la AP para resolver todo tipo de asunto, ya haya sido iniciado por ella misma de oficio o a petición del interesado. La regulación general de estos procedimientos viene prevista en la Ley 30/92, de régimen jurídico de las AAPP y procedimiento administrativo común. En ella se regula el procedimiento general, sin embargo, cada legislación específica puede establecer las especialidades procedimentales oportunas. Cuando en la normativa específica no se establezca procedimiento concreto, se aplicará supletoriamente el establecido en esta Ley. Concretamente se regula en el título VI, arts. 68 a 101.
Existen multitud de procedimientos administrativos, uno para cada cosa: para pedir una licencia de apertura de un local, para presentarse a unas oposiciones, para pedir una subvención, para sacarte el carné de conducir, para que te declaren minusválido, para jubilarte... Por eso te digo que el número es incalculable. Cada AP competente, salvo que la legislación diga otra cosa, puede establecer sus plazos. Si no hay legislación específica, se regirá por el procedimiento común de la Ley 30/92, arts. 68 y siguientes.