Un proceso que la Administración no había dictado resolución expresa durante más de 15 años, y ahora dicta resolución tras el interesado pedir que se dicte, y a éste se le había requerido documentación años antes y no la había entregado pero la Administración no dictó resolución, se puede alegar contra dicha resolución que el procedimiento ya estuviera concluido aunque no hubiera dictado resolución expresamente?
Hay alguna doctrina del TS o del Constitucional al respecto?