Asi, tan en general, es dificil contestar. Dependera de la materia, de lo que establezca la normativa especifica (o la LPA en su defecto) y, sobre todo, en lo que establezca la propia resolucion del Recurso de Alzada. Si lo que hace es revocar la sancion, no cabria iniciar nuevo procedimiento, si anula ordenando retrotraer actuaciones a un momento determinado de la instruccion para subsanar algun defecto, entonces no se iniciaria un nuevo procedimiento, se seguiria con el inicial...
Si, a día de hoy, se estima un recurso de alzada anulando una sanción por vicio de invalidez de nulidad interpuesto el 27 de junio de 2013 ¿Podría iniciarse un nuevo procedimiento sancionador?