¿ Me han abierto procedimiento sancionador tras un largo procedimiento de comprobación limitada (más de seis meses), éste esta caducado, quisiera saber si toda vez que en la tramitación de la comprobación limitada se me ha apreciado como norma el Reglameto Sancionador y la "tramitación separada", tal vez ya no se puedan considerar piezas separadas y en consecuencias esté todo caducado (también el sacionador que es el que importa) y deba ser todo archivado. Gracias
La tramitación separada del procedimiento sancionador es un derecho de contribuyente, largamente reclamado por los entendidos. Si no has renunciado expresamente en los dos meses siguientes al inicio del PCL no hay tramitación separada. Si en la resolución de inicio del PCL hacen eferencia a esto, es únicamente para que sepas que puedes renunciar.
Si el PCL ha caducado te pueden iniciar otro igual, mientras la deuda no haya presrito (si el PCL ha caducado no interrumpe la prescripción)
La admninistración tiene 3 meses desde la finalización del PCL para iniciar el procedimiento sancionador. Si no lo hace en este plazo ya no podrá hacerlo. Igualmente, si este caduca por transcurso de más de 6 mses, ya no podrá volver a iniciarlo, al contrario que el PCL, que puede hacerlo mientras no haya prescipción.
Amigo Nani68: ¿ Alguna idea para atacar el nuevo PCL que seguramente me abrirán?, porque..
1/ Si lo hacen ¿ el PCL y el procedimiento sancionador tendrán nueva naturaleza?
2/ ¿ Podré pedir que sean ambos por separado y de ser así alguna ventaja?
3/ Se supone que si no es separado como así ha sido hasta ahora todo él debería caducar en el plazo de seis meses al ser una misma pieza (PCL procedimiento sancionador)
4/ Creo que hay jurisprudencia o doctrina de que si vuelven a hacerme el PCL exactamente igual, éste no sería válido, ya que el procedimiento deberá ser distinto...
Agradezco su ayuda. Atentamente..