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Procedimiento nacionalidad española.

6 Comentarios
 
07/04/2012 12:43
De verdad muchísimas gracias por toda la información, me ha sido de mucha utilidad. Haceis un gran servicio!
07/04/2012 12:41
Hola.

1.- En la entrevista con la Policía no se exige certificados de antecedentes penales, ni de nacimiento.

2.- Si el pasaporte está caducado, debe presentarlo junto con la certificación de que se está tramitando su renovación, expedida por el Consulado del país que le expide el pasaporte.


Un cordial saludo.
07/04/2012 11:58
¿Y no se tiene que volver a presentar ni el certificado de antecedentes penales ni el certificado de nacimiento? Porqué es lo más engorroso de conseguir, por el tema de la legalización.

También, que el pasaporte de mi marido caduca en septiembre de 2012, y la renovación suele tardar más de un año. Si en el momento de la entrevista lo tubiese caducado, serviría una fotocopia compulsada del mismo y un certificado de que está en trámite de renovación del consulado?
06/04/2012 18:51
Hola.

Para la entrevista con la Policía, se debe llevar, por lo general, pasaporte en vigor, tarjeta de residencia en vigor, contrato de trabajo y 3 últimas nóminas (o lo que proceda si trabaja por cuenta propia o está desempleado), título que habilite a la ocupación de la vivienda (contrato de arrendamiento o título de propiedad o de otro derecho real ), certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento y en su caso, como está casado con española, certificado literal de matrimonio, DNI de la cónyuge y presencia física de la cónyuge.

La petición o no del informe del CNI, depende, además de la nacionalidad, del perfil de la persona. No está publicada una lista de países a cuyos nacionales se les va a pedir el informe del CNI, porque, justamente, es algo que se maneja de forma reservada. Pero, se sabe ya de ciertos países a los que, por regla general, se les termina exigiendo, sobre todo, porque siempre se repiten casos: todos los del mundo árabe, también Afganistán, Pakistán y de América Latina : Cuba, Colombia, Venezuela y últimamente, también México.

Un cordial saludo.
06/04/2012 18:08
Muchas gracias por su respuesta.

Aprovecho para preguntarle:
- ¿Qué documentos se tienen que llebar a la policia? (para ir preparándolos todos)

- Mi marido es saharaui con pasaporte argelino. En su caso , ¿le pedirán informes también al CNI?

06/04/2012 17:39
Hola.

Hay una confusión de términos y de momentos del procedimiento. En una entrada anterior, he colgado el curso que, normalmente, sigue el procedimiento, paso a paso.

El expediente no es enviado al Registro Civil Central, sino al Ministerio de Justicia, que es el competente para resolver. Concretamente, a la Dirección General de Registros y del Notariado, que a la vez, tiene delegado el estudio y resolución de los expedientes a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.

Cuando tiene entrada en dicha Subdirección, por un lado, se notifica del particular al interesado (esta es la comunicación que ha recibido su cónyuge), indicándole el número de expediente asignado, para que pueda darle seguimiento por Internet, en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Luego, se solicita los informes que se considere pertinentes, siendo preceptivo el del Ministerio del Interior.

El informe del Ministerio del Interior lo elabora la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Para hacerlo, se cita al interesado a una entrevista en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de su localidad, a la que debe acudir en el día y hora señalados, llevando consigo los documentos que le requieran.

Por tanto, en cualquier momento puede llegar la citación para comparecer en la Comisaría de Policía (o llamarle por teléfono).

Adicionalmente, dependiendo de la nacionalidad, también se solicita otros informes, como el del Centro Nacional de Inteligencia, CNI. Generalmente, se pide este informe si la persona procede de países en conflicto bélico, guerra civil o donde hay guerrillas.

El informe de la Policía y el del CNI, si procede, se remite luego al Ministerio de Justicia, para que sea incorporado al expediente. A partir de ese momento, ya solo debe esperar por la resolución.

Con todo, el procedimiento puede tardar unos dos años en resolverse, poco más o poco menos.

Un cordial saludo.
Procedimiento nacionalidad española.
06/04/2012 16:39
Buenos días.

Mi marido solicitó la nacionalidad por residencia el pasado mes de enero de 2012. La solicitó después de 1 año de residencia legal por estar casado conmingo, que soy española.

El caso es que en el registro civil donde presentó la solicitud (Arenys de mar) le dijeron que el siguiente paso era que lo citara la policia y que después de la entrevista le llegaría una carta desde el registro central con un número de expediente.

Pero mi sorpresa ha sido que a finales de marzo de 2012 nos ha llegado ya la carta del regitro civil central diciento que su solicitud de nacionalidad ha tenido entrada y le asignan un número de expediente.

¿Significa esto que no tendrá que hacer la entrevista con la policía o la funcionaria que nos atendió nos informó mal?

Espero su respuesta, gracias.