He recibido un procedimiento monitorio, el cuál, en 20 días hábiles tengo que abonar cierta cantidad (tarjeta bancaria). Según los 20 días hábiles, antes del día 26 de abril debo de ingresar la cantidad que se me dice en un número de cuenta del juzgado. Mi pregunta es la siguiente: ¿qué sucedería si ese ingreso, en vez de hacerlo el día 26 de abril lo hiciera el 29 de abril?, es decir, me retrasara en el pago 3 días.