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procedimiento monitorio

3 Comentarios
 
perfil SE6
16/07/2008 13:40
Lo que tienes NO es un reconocimiento de deuda propiamente dicho, así que siendo ese el caso, entiendo que no procede el proceso monitorio.
Es cierto que si anulasteis el contrato de mutuo acuerdo, cada una de las partes deberá reintegrar a la otra su contraprestación: puesto que tú ya has hecho entrega de las llaves y del local, ellos deberían devolverte el dinero entregado. Pero como se niegan a hacerlo, te va a tocar iniciar una reclamación judicial (de las que llevan juicio incluido). Acude a un abogado para enfocar y tramitar bien el asunto.
Mucha suerte. Un saludo.
16/07/2008 11:59
Gracias SE6. solo me queda una duda. El documento que tengo es un a anulacion de traspaso. Te explico. Coji un negocio que me ofrecia esta persona en traspaso y fuirmamos un contrato interno entre nosotros para yo pagar ese traspaso de 4 veces a 2500 euros cada plazo. Ocurrio que todo lo que me habian dicho sobre el negocio era mentira. Era una peluqueria, que no tenia clientela, no facturaba ni 50 euros al dia y encima no tenis ningun permiso, ni siquiera el de pertura. Al ver esto me eche para atras y rompimos el contrato de traspaso, ambas partes de acuerdo,y ellos quedaron en que nos devolvian el dinero. Yo, en mi ordenador hice un documento, en el que ponia que le entregaba las llaves de ese local pero que ellos se negaban a devolverme el dinero del primer plazo del traspaso que nunca se iba a llevar a cabo. Y lo firme yo y lo firmo la otra parte.Exactamente pone que en el dia de la fecha, se hace entrega de las llaves del local pero no se devuelve el dinero correspondiente al primer plazo.
mi duda es si ese documento serviria como reconicimiento de deuda?.Muchisimas gracias y gracias por la rapidez de la respuesta.
perfil SE6
16/07/2008 11:40
Si lo que tienes es un documento de reconocimiento de deuda firmado por el deudor, puedes utilizar el procedimiento monitorio para hacer la reclamación.
Para la presentación de ese escrito no necesitas abogado ni procurador, y podrás encontrar formularios en "Google" y también en el Juzgado de tu provincia. Si el demandado paga voluntariamente, no tendrás ningún problema. Pero si se opone al pago o, simplemente, no paga en el plazo de 20 días que el Juzgado le da, te va a hacer falta abogado y procurador para iniciar un proceso de ejecución (ya que en estos procesos, y por la cuantía que reclamas, sí es preceptiva la asistencia de estos profesionales).
El proceso monitorio no es nada costoso, así que yo de ti consultaría con un abogado directamente, que te dará más seguridad en la reclamación que efectúes.
Un saludo.
Procedimiento monitorio
16/07/2008 10:44
Hola amigos. Muchas gracias antes q nada por vuestras respuestas a mis dudas, sois de gran ayuda. Me gustaria saber, si puedo presentar un procedimiento monitorio, para reclamar una cantidad de 2500 euros a una persona. el documento que poseo para hacer la reclamacion de la deuda es una papel firmado por esa persona y por mi, en la que reconoce que me debe esos 2500 euros y en el momento de la firma de ese contrato interno entre nosostros no me lo va a devolcer. Puedo hacer algo para reclamarselo?. Puedo presentar yo la denuncia en el juzgado o tengo que tener abogado y procurador? Gracias amigos y buenos dias. Un saludo cordial.