para empezar si cuando dices 90 o 116 son euros, por la cuantía no va a haber costas porque no es preceptiva la intervenciòn de profesionales. Si te opones al monitorio el asunto se transforma en juicio verbal y te citarán a juicio. Si no puedes probar que lo has pagado, te condenarán al pago y punto. Suerte
Un abogado me reclama mediante monitorio el pago de minuta, hice consulta, le pagué la misma (90) en el acto, no volví a tener comunicación con él puesto que se solucionó el asunto solo,hasta que me solicitó por tfono. pago de minuta (116). No consta ni recibo del pago realizado ni encargo de asistencia profesinal, declara en el escrito de interposición de la demanda que me entregó la minuta, lo que es falso. Me pregunto: ¿puede reclamarme con fundamento?, ¿cómo me opongo?, en caso de oponerme ¿podría el abogado reclamarme por otro procedimiento después?, ¿cuánto me costaría en los dos casos?. Además solicita la ejecución de la sentencia (futura), algo que también recoge la jueza en su providencia según el art. 816 LEC, en este caso ¿tendría costas? ¿cuáles?.-Gracias