Buenas noches ya... necesito hacer una consulta y la verdad no se si este es el foro adecuado. Si no es así, disculpas...
Os cuento, mi "abogada" interpuson una demanda en mi nombre sin consultarme, en la q, supongo por error, me perjudicaba, me enteré cuando me emplazaron para otorgar el apoderamiento apud acta, q no firmé. Ahora la procuradora me exige por procedimiento monitorio el pago de su minuta, ¿pueden hacer esto si yo en ningún momento deseé poner esa demanda? ¿En cualkier momento puede un abogado poner una demanda y despues pedirte los gastos sean de lo q sean?
Gracias anticipadas.
Para resolver esa cuestión deberá usted saber que acuerdos tiene con su Letrada, puesto que si no existe ninguno, parece dificil creer que la misma tenga la información minima necesaria para interponer una demanda en su nombre.
Ante todo, gracias por tu respuesta, no se exactamente a q te refieres con lo de acuerdos, si q tenía información ya q hubo un juicio penal por un accidente de tráfico, juicio q en realidad nunca se celebró como debía pq había prescrito, según me dijeron el siguiente paso era una demanda por lo civil, q es de la q hablamos. Durante meses intenté quedar con ella para ponerla pero no hubo manera, siempre estaba muy liada y cuando ya había tomado la decisión de no poner ninguna demanda y aceptar el acuerdo q me proponía la compañía contraria, ella puso la demanda sin hablar conmigo y además en la q reconocía en mi nombre q yo había cobrado una cantidad de dinero (con fotocopia de talón incluída) q yo nunca había cobrado (fué un error de su parte q no habría tenido si en lugar de poner la demanda habla conmigo, ya q yo le habría podido decir la decisión q había tomado). De esto me enteré cuando llamaron del juzgado para firmar el apoderamiento apud acta, q como es lógico no firmé, y es por el q ahora se me reclama esa cantidad de dinero. No se si he aclarado lo suficiente el tema, pero necesito saber cómo actuar en este caso. Gracias.
Quizá entonces deberías hablar con la abogada y aclarar la situación, y seguramente te podrá explicar porqué ha realizado las cosas como lo ha hecho, puesto que me imagino que tendrá una razón para ello, (lease plazos, posibilidad de algún tipo de conversación con la otra parte, o incluso hacerle ver a ésta la disposición de reclamación hasta sus máximas consecuencias, circunstancias que a veces son utilizadas para forzar algún tipo de acuerdo, etc.).
Bueno en su momento ya hable con ella, y no sirvió de nada, simplemente fue dejadez de su parte (otra explicación no tiene q ponga q he cobrado cantidades importantes q no había cobrado, eso no puede beneficiar a nadie, sólo perjudicarme a mi) Ahora la cuestión es porqué tengo q pagar yo unos gastos q no tendrían que haberse producido. Creo q quien en todo caso debería ese importe sería la abogada, no yo, pero me los reclaman a mí, y no se cómo debo actuar, solo se q tengo un corto plazo de 20 días para contestar esa demanda, q van pasando y no se cómo hacerlo.
¿Necesito abogado y procurador para contestar a la demanda del procedimiento monitorio?, entiend q depende de la cuantía, pero desde q cuantía los necesito? ¿En algún caso no son necesario? pq la cuantía es pequeña.
Gracias
Gracias gestor, pero la deuda es bastante inferior a esa cantidad, se q no necesito procurador, pero ¿debe ir el escrito firmado por abogado o no es necesario?