Hola yolandasp. El procedimiento monitorio es UNICAMENTE para RECLAMAR CANTIDADES ECONÓMICAS. Además, en la práctica judical NO todos los juzgados admiten el proceso monitorio para cobrar las rentas vencidas y no satisfechas.
Si lo que desea es recuperar la posesión del inmueble objeto de alquiler y reclamar las rentas vencidas el procedimiento a seguir es el Juicio Verbal acumulando ambas acciones.