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Procedimiento: despido improcedente

7 Comentarios
 
23/08/2005 13:51
Es que no se si te estoy entendiendo.

Vamos por partes (como dijo Jack el Destripador)

1. La empresa, por medio de su gerente, despide a la trabajadora.

2. La trabajadora ha presentado la demanda de conciliación y no ha habido avenencia.

3. Entonces ahora lo que hay que hacer es presentar en el Juzgado la demanda de despido, en la que la empresa tendrá que acreditar las causas que aduce en la carta para despedir.

Pero todo lo anterior es independiente de que si ja Junta rectora, el Pte y demás puesto que quien ha despedido es la empresa. Si no fuera así, ahora la empresa podría decir que el gerente se ha extralimitado de sus funciones y que, por tanto, no ratifica el despido, pero, al contrario, a través de su Presidente, ratifica la actuación del gerente. Por tanto aquí no hay mayor cuestión.

Otra cosa sería que los estatutos establecieran algún tipo de procedimiento especial que no se haya respetado (audiencia al trabajador, posibilidad de presentar alegaciones, expediente previo, etc), en este caso, esto supondría un defecto de forma más que impidiría que el despido sea declarado procedente.
23/08/2005 13:41
vale, pues es lo que digo, tendran que denunciar a la empresa, es decir la empresa tiene que demostrar que el fundamento del despido, ¿tendra derecho a saber todo su expediente? y si esta consolidado por la junta rectora que es la que tiene el poder.
23/08/2005 13:36
Te copio aquí lo de antes y nos olividamos del otro hilo.

En cuanto al tema, insisto en que no se que es lo que pretendes denunciar. A tu amiga le han echado y puede impugnar el despido, que es lo que supongo que ha hecho y, por eso, habeis ido a la conciliación. En la misma, la empresa no ha aducido que el gerente se hubiera extralimitado en sus funciones sino que, al contrario, se han ratificado en el mismo. Por tanto si el gerente ha actuado arbitrariamente, el despido será nulo y tu amiga será readmitida.
23/08/2005 13:31
me he equivocado, bueno que si, pero ella esta en la calle por que le ha dado la gana al gerente por que era una de las mejores currantes que habia en esa empresa,llevaba 3 años con nosotros, yo soy hija de socio, y los demas socios le apreciamos porque sabiamos que vale mucho, este señor la despidio sin rendir cuenta a la junta rectora ni a ningun socio, y despues ayer le hace unos poderes el presidente, ¿esto que es? y quiero saber si yo puedo denunciar a este tio personalmete por querella,¿ es simple la pregunta?
23/08/2005 13:18
Pero denunciar A quién? Para qué? yo ahí veo una cuestión de organización interna de la cooperativa,
23/08/2005 13:09
Tienes toda razon, pero una persona que tenga conocimiento de este asunto puede denunciar, ¿esta es mi pregunta?
23/08/2005 12:59
Yo no me preocuparía por esas cuestiones. A la trabajadora la han despedido y punto, si el gerente se ha extralimitado en sus funciones, es una cuestión interna y allá ellos.

Por tanto, yo no se como se ha planteado el tema, pero el despido, es un despido objetivo y, por lo que parece no se han respetado los requisitos formales para el mismo (preaviso con 30 días, puesta a disposición de la indemnización, credito horario y demás), por tanto, lo que hay que solicitar es la nulidad del mismo por defecto de forma y, subsidiariamente, la improcedencia por no haber acreditado la empresa las casusas aducidas en la carta de despido.
Procedimiento: despido improcedente
23/08/2005 12:50
Buenos dias,os voy a contar todo el proceso a ver si alguien me puede resolver unas dudas.
El tema es el siguiente: el dia 4 de agosto es despedida por la noche una chica de forma verbal por parte del gerente( la empresa es una cooperativa de fruta, con 63 socios, representados por una junta rectora con la figura del presidente), bueno ella desde luego al dia siguiente va a trabajar ya que no tiene nada formalmente escrito.
El dia 5 le da la carta de despido el gerente y le pone: por restructuracion de logistica y produccion,y que ya se puede ir a casa, que no venga mas al trabajo, algo asi mas o menos, la carta es firmada solo por el gerente.
Bueno ella denuncio todo al Servicio de mediacion y arbitraje, hoy se han presentado y al final al firmado,
El abogado de la Empresa ha traido unos poderes que le ha dado en este caso el presidente de la sociedad para que los represente en el acto de concilacion, y en estos mismos poderes el presidente dice que esta de acuerdo en todas las actuaciones que haga el gerente, que da el visto bueno, para explicarme mejor que le da plenos poderes para que el gerente haga lo que quiera sin consultar con nadie, y ademas el abogado de la empresa dice que este despido no ha pasado por junta rectora, que es lo normal porque es como funcionan estas cooperativas.
Bien llegado a este punto, ahi mando las cuestiones:
1º¿ El despido y mas si es improcedente tendria que haberse consultado, o informado a la junta rectora que es la que toma estas decisiones?
2º- ¿El presidente sin el consentimiento de los demas integrantes de la junta puede darle poderes a el gerente?
3º- ¿ esta amiga puede ir a inspeccion de trabajo para que le faciliten todo su expediente, y las actas donde se la nombran?
4º- ¿ una persona que sea consciente de este hecho puede denunciarlo a INSPECCION DE TRABAJO O MEDIANTE EL JUZGADO DE LO PENAL..POR QUERELLA??
Muchas Gracias.