La solicitud de iniciación tiene el presupuesto del cumplimiento de los requisitos formales y legales del la ley 30/92. La administración para facilitar su trabajo y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos debe establecer modelos y sistemas normalizados de solicitudes.
Mi pregunta es: ¿puede la administración exigir al ciudadano la iniciación del procedimiento mediante modelos determinados de escritos de solicitud?
¿o pueden iniciarse sin seguirse estos formularios tipo, siempre y cuando en nuestro escrito de iniciación concurran al menos los mismos elementos que en el modelo tipo realizado por la administración?
¿hay alguna sentencia o línea doctrinal al respecto?