Voy a instar procedimiento de divorcio con modificacion de medidas en la que se va a pedir la supresión de la pensión compensatoria acordada en la sentencia de separación. La cuestión es la siguiente: en ejecución de la sentencia de separación se acordó la supresión del régimen de visitas al progenitor no custodio, que es mi cliente. ¿puedo ahora en el divorcio pedir también como modificación de medidas el reestablecimiento de un régimen de visitas, o este reestablecimiento de las visitas debe instarse en la ejecución donde se acordó su privación cautelar?