Si decido iniciar un procedimiento abreviado me tocaría en uno de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Murcia capital. Supongo que no están muy saturado. ¿Cuánto tiempo podría pasar hasta la ejecución de la Sentencia?
Lo del silencio advo. depende de varias cosas, no te creas que va a resultarte tan fácil que un juzgado te de la razón.
Tienes dos opciones, exigir que la administración resuelva expresamente, o dar el silencio por positivo y exigir a la administración que ejecute tu pretensión. Yo optaría por la segunda.
El tiempo que llevaría eso depende del juzgado donde te toque, ahí no me aventuro a decirte nada.
En un procedimiento administrativo en materia de personal se ha producido un silencio positivo hace casi tres meses. Si no estoy equivocado creo que debe haber jurisprudencia que “castiga” a la Administración y deja abierta “sine die” la posibilidad de reclamar en vía administrativa la ejecución del silencio o de ponerles un recurso por inactividad, ya que la obligación legal de la Administración es resolver siempre expresamente. ¿Alguna ayuda al respecto? Otra pregunta: ¿Cuánto tiempo podría llevar iniciar un procedimiento abreviado contencioso-administrativo hasta la ejecución de la sentencia? Gracias y un saludo cordial.