Buenas tardes compañeros, necesito consejo sobre este asunto, ya que soy eminentemente laboralista y no se por donde enfocarlo:
El INSS solicita a un cliente mío una devolución de ingresos indebidos por una prestación cobrada hace algunos meses. Tengo el convencimiento (y la documentación) que acredita que esos ingresos son debidos, y que se trata presuntamente de un nuevo error del INSS (uno de tantos en los últimos meses). Por ello presento escrito de alegaciones, que para variar el INSS contesta sin dar respuesta ni fundamentación a ninguno de los hechos alegados. Se presenta a continuación la Reclamación Previa a la Vía Judicial, con idéntica respuesta: consideran que los ingresos son indebidos sin contestar a ninguno de los hechos expuestos en representación de mi cliente. Procesalmente hablando estoy dentro del periodo para interponer demanda en los Juzgados de lo SOCIAL y que sea un juez quien valore si los ingresos fueron debidos o no. En caso de perder lógicamente me voy de cabeza a suplicación al TSJ.
Mi sorpresa viene cuando el cliente acaba de recibir notificación de la TGSS solicitándole el reintegro de estas mismas cantidades, sin esperar a que el procedimiento sea firme, con las típicas advertencias de que en caso de no pagar en este periodo voluntario se abre la vía de apremio, con sus respectivos intereses. La notificación contempla la interposición de recurso de alzada (siempre con previa consignación de la cantidad que le solicitan), y posteriormente queda expedita la vía contenciosa-administrativa. Como no soy experto en este último campo, estoy muy muy perdido, no se si aconsejar al cliente abonar la cuantía y pelearlo solo en el Social solicitando la devolución de cantidades a favor de él por devolverlo voluntariamente, que abone la cuantía y presentar batalla en el Social y a su vez en el Contencioso-Administrativo... en definitiva no se que camino tomar.
¿Alguien me puede aconsejar? Muchas gracias de antemano.