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¿Procederia su demanda?

9 Comentarios
 
07/03/2011 15:44
Gracias.
Tomo nota de todo cuanto dices, (disculpa el tuteo) pero como con la madraza no debo dar ‘puntada sin hilo’ , supongo que de alguna manera deberá quedar constancia de que no se trata un retraso en el pago, si no de un error del Juzgado, porque ya le veo frotándose las manos y poniendo velitas a “Santa igualdad” para justificar una nueva demanda.

Gracias a todos y un saludo.
07/03/2011 11:59
Ken, si el procedimiento judicial aún no ha quedado cerrado, eso debe hacérselo el procurador y el abogado sin coste alguno. Le indico las posibles opciones, la decisión es suya, pero si no lo soluciona, el problema al final, puede tenerlo Vd. sea o no justo.
Déjese de telegramas, hay que solicitar la subsanación del error si viene así en sentencia y no puede subsanarlo acercándose al juzgado. Y para la subsanación hace falta firma de abogado y procurador.
Un saludo.
perfil Vio
06/03/2011 23:24
Tiene razón, pero en este pais las administraciones se declaran menores de edad y están acostumbradas a responsabilizar al administrado.
Sugerencia: ponga un telegrama al Juzgado , para salvar su responsabilidad, indicando el nº de exte. o auto, y diciendo que el nº de cuenta facilitado es erróneo y que remitan el nº correcto, resultando imposible efectuar el pago.
06/03/2011 22:42
Nuria, sin ningún genero de duda, se trata de un error, o de una dejadez por parte de alguien de los juzgados que no comprueba algo tan simple como es contar el numero de digitos. Por otra parte, ¿porque debo de cargar con unos costos para solucionar un problema que no he generado? si el problema lo generan los del juzgado, que carguen ellos con la responsabilidad de un trabajo mal hecho ¿no?
06/03/2011 22:05
Ken, es sencillo. Si la entidad donde debe ingresarlo es Banesto, los dígitos corresponden a los de la cuenta de consignaciones judiciales del Juzgado que no es una cuenta con los mismos digitos que las cuentas de ahorro. Si no es en banesto, entonces puede tratarse de un error.
Su abogado es quien debe solucionar el problema, comprobando la cuenta a través del procurador y si hay un error, ponerlo en conocimiento del Juzgado (para que quede constancia) para que lo subsanen cuanto antes.
Un saludo.
06/03/2011 16:36
Ken, podrías probar a llamar por teléfono al juzgado, ya que está a 1600km, igual con un poco de suerte das con algún funcionario que se moleste en mirarlo y te facilite el número correcto.
Un saludo.
06/03/2011 16:02
claro eso si, no te condenaran porque como se suele decir no hay dolo.
06/03/2011 15:54
Con ella paso de hablar nada, asi lo decidió ella, y yo, como buen ex pienso respetarlo, y tener que acudir al juzgado me supone perder un dia de trabajo y tener que hacer, entre ida y vuelta, cerca de 1600 kilometros. En todo caso, si ella presenta demanda, supongo que podré justificar el motivo con la orden erronea venida del juzgado ¿no? El fallo es de ellos, no mio.
06/03/2011 15:46
pues ve al juzgado en vez de a ella, si quieres evitar la denuncia no te va a quedar de otra que o bien hablar con ella o bien ir al juzgado a aclarar el error del numero de cuenta.
¿procederia su demanda?
06/03/2011 15:43
Hasta el mes pasado realizaba el ingreso de la pensión compensatoria y del 50% de la hipoteca en un numero de cuenta, pero tras una orden del juez, ahora se me ordena ingresarla en otro numero de cuenta que viene reflejada en el documento enviado por el juzgado, la cuestión es que ese numero de cuenta es erróneo, pues viene con 21 dígitos, cuando los números de cuentas solo admiten 20, y por lo tanto, este mes de marzo me ha sido imposible efectuar los ingresos. La pregunta es: ¿a quien corresponde subsanar el error? Porque no tengo la minima duda de que si este mes no puedo realizar el ingreso, y el mes que viene tampoco, a la madraza la faltara tiempo para presentar una demanda en contra mía por esa falta de ingreso, y no seré yo quien se dirija a ella para comentarla el motivo de no poder realizarlo.
Dicho lo cual, ¿procedería su demanda?