Quisiera saber cómo pensáis que hay que proceder en este caso:
Conductora que recurre al contencioso administrativo porque la multa de tráfico que le han impuesto considera no es ajustada en cuanto al tramo que se aplica, puesto que no se ha tenido en cuenta el margen de error del radar, solicita se le aplique el tramo inferior y por lo tanto se le devuelva (pagó la multa aún y haber presentado recurso) parte del dinero porque la sanción debería de haber sido menor.
El Contencioso le da la razón y por lo tanto si la multa debería de haber sido de 100 euros y ha pagado 300, ordena que se le devuelva lo pagado de más y si procede se le aplique la bonificación.
Siendo que en la multa se hace constar que si no se presentan alegaciones se podrá beneficiar de la bonificación del 50% procede aplicarle la bonificación ahora, puesto que la redacción de la multa se considera por el contencioso administrativo que era incorrecta (se debería de haber aplicado un tramo inferior y por lo tanto exigirle solo 100 euros?).
En este caso, la conductora recurrió la multa de tráfico ante el contencioso-administrativo, alegando que no se había tenido en cuenta el margen de error del radar y que, por lo tanto, debería haberse aplicado un tramo inferior de la sanción. El contencioso-administrativo le dio la razón y ordenó que se le devolviera la diferencia entre lo que había pagado (300 euros) y lo que debería haber pagado (100 euros), además de aplicarle la bonificación del 50% que se establecía en la multa.
Cuando el contencioso-administrativo determina que la multa impuesta no se ajusta a derecho, debe ordenar la devolución de la diferencia entre lo pagado y lo que realmente se debería haber pagado.
En este caso, al haberse establecido en la propia multa que se podría beneficiar de una bonificación del 50% si no presentaba alegaciones, el contencioso-administrativo debe aplicar dicha bonificación, ya que la redacción de la multa se consideró incorrecta.
La aplicación de la bonificación es obligatoria en este caso, porque forma parte de la resolución del contencioso-administrativo que determinó que la multa original no era ajustada a derecho.
En resumen, en este caso procede que se le devuelva a la conductora la diferencia entre lo pagado (300 euros) y lo que realmente debería haber pagado (100 euros), y que además se le aplique la bonificación del 50% establecida en la propia multa, ya que el contencioso-administrativo determinó que la redacción de la misma era incorrecta.