Gracias por tu respuesta veo.
Siento la tardanza en la respuesta ya que he andao liao y no he entrado hasta hoy.
Supongo que la pregunta a la que aludes hace referencia
a los articulos 1304c.c en adelante. En realidad he planteado este problema para aclararme sobre una cuestion de la que tengo dudas.
El caso en si es ficticio, pero esta basado en hechos reales que pueden darse y concernirme.
La cuestion es que llevo mas de un año intentando "descifrar" el alcance de una puñetera escritura que firme hace muchos años, con el fin de asumir mis responsabilidades en ella (supongo que alguno pensara que es "una perdida de tiempo", en fin valoro todas las opiniones). Ahora ando con el articulo 1303 del codigo civil, asi que para no liarme sobre la cuestion de si una nulidad conlleva una restitucion de bienes y agradeciendo las variantes que me puedas dar sobre este tema, me centrare en las dudas que tengo sobre el 1303.
En un principio pense que la restitucion la producia en si la sentencia; sin embargo ahora no se si lo que produce la sentencia es una "obligacion", que no se si tiene que ver algo con las obligaciones del articulo 1088, ya me situaras sobre esta cuestion porque si es asi aqui tengo materia pa rato. Asi pues mi duda se centra en, vale tengo que devolverlas ¿como las devuelvo?¿estamos ante una obligacion mancomunada,en el sentido que la obligacion es devolver la vivienda, o individual, yo devuelvo mi parte indivisa?, en lo referente a la herencia ¿existe una confusion de derechos?, en el sentido que si C devuelve, devuelve a E y reclama su derecho hereditario o se ¿devuelve a si mismo? ¿tienen cabida las figuras enumeradas en el articulo 1156c.c?
De todas formas pido disculpas por si las preguntas anteriores pueden ser absurdas, los conceptos juridicos me apasionan pero reconozco ser un desconocedor de los mismos y por lo tanto muy dado a mal interpretarlos.
Otra cuestion, que no se si tiene que ver algo con el tema de la restitucion, es una curiosidad que tengo en el caso de que E ademas de A,B,C y D tiene otro hijo y de que manera podria llegar a actuar sobre la escritura; he leido algo sobre el tema pero no logro situarme sobre los conceptos de transmisiones inter vivos y su relacion sobre herencias para que me informeis sobre los mismos o si no existen me corrijais.
Un caluroso abrazo y gracias
¿porqué se declaró nulo el contrato de compraventa de esa vivienda?
parece que el banco solo podría reclamar sobre 1/3 de los bienes de E, lo que parece incluir 1/12 de la vivienda, pero para eso habría que probar que la vivienda era de E, F, G y H, aparentemente a partes iguales
Un caluroso abrazo
Planteare un problema para que me digais cual pensais que es la solucion al mismo.
A, B,C y D hermanos entre si compran una vivienda a E,F,G y H, siendo estos a su vez hermanos y siendo E padre de los compradores. E muere. A renuncia a la herencia B dona su parte a C y D vende su parte a un tercero; quedando la herencia en comunidad de bienes entre C y el tercero.
Con el tiempo este tercero pide una hipoteca, poniendo como garantia su parte indivisa.
El contrato de compraventa de la vivienda inicial se declara nulo y se procede a restituir los bienes.
¿Como se restituirian los bienes, en el hipotetico caso de que ni F, G ni H pueden demostrar que la casa que vendieron era suya?¿podria el banco reclamar esta vivienda en el hipotetico caso que el tercero no pagase?¿tendrian algun derecho A y B?
"Con las leyes pasa como con las salchichas, es mejor no ver como se hacen"
Otto von Bismark
un saludo y gracias