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problemas recibo IBI

4 Comentarios
 
Problemas recibo ibi
03/03/2015 18:21
Buenas tardes, no se si sera este el sitio para la pregunta sino fuera asi pido encarecidamente al administrador lo moviera a donde corresponda.

Estoy vendiendo una vivienda y el notario me pide el recibo correspondiente al IBI del 2014 como pagado, debido a un problema en el cobro de recibo ya que lo tenia con pago a la carta se me hizo el cargo total de todo su computo el 1-12-2014, al pedir un recibo de que esta pagado presencialmente en calle Alcala de Madrid, no me dan nada mas que un recibo de que lo tengo domiciliado, cosa que no me vale ya que necesito como que lo he pagado y dicen que no lo pueden dar ya que la base de datos no esta actualizada y nadie sabe darme ninguna forma para poder hacerlo, mande una reclamacion sin haber recibido contestacion alguna, el caso es que necesito firmar la venta y al no tener recibo y el notario no quiere los recibos del banco tengo el problema de que sino entrego ese documento en plazo, tendre que dar al comprador el doble de la señal. Quisera si alguien me puede ayudar como hacer ya que el tiempo corre en contra.

Gracias.
03/03/2015 20:16
Una solución para no perder la venta, sería entregar el recibo de 2013 y descontar el 2014 del total de la venta hasta que aparezca el recibo. Ten en cuenta que el 2015 también te corresponde su pago.
03/03/2015 21:52
Si el recibo está domiciliado, es perfectamente válido el recibo que emite el banco... en muchos años nunca he visto que ningún notario no lo admitiese. Si no lo tiene vaya al banco y pida un duplicado, y para más tranquilidad pida que se lo sellen.
Lo que no vale es un simple extracto en el que figure el cargo, pero en los recibos emitidos por el banco figuran todos los datos necesario: referencia catastral, valor catastral, valor del suelo, año de revisión, etc.
04/03/2015 09:54
Pregunta para Juan Manuel,
Referente a lo que dice sobre que le corresponde pagar el IBI 2015. Si una persona vende el piso en junio, liquidaría las cuotas hasta ese fecha pero a partir de ahí ¿no le correspondería al comprador liquidar el resto del año?
04/03/2015 12:34
Tengo entendido que el 2 de enero vendes el piso y le corresponde pagar al vendedor ó antiguo propietario.