Hola!. Mi madre es portuguesa, mi padre español, y aunque llevan 44 años casados mi madre sigue con la nacionalidad portuguesa. Tiene permiso de residencia y permiso de trabajo. Mi duda es la siguiente. Si mi madre enviudara, cobraría menos dinero de pensión de viudedad por no tener nacionalidad española? Y por otro lado, si enviudara, tendría algún problema con el permiso de residencia?. Y si decidiera solicitar la nacionalidad española, cuanto tiempo aproximado tardaría en ser concedido?. Gracias
1.- En cuanto a la cuantía de la pensión de viudez, será la que le corresponda de acuerdo con la normativa en vigor. Es indiferente a estos efectos la nacionalidad del cónyuge sobreviviente. Lo importante, eso sí, si el cónyuge es español y se casaron fuera de España, que el matrimonio haya sido reconocido e inscrito en el Registro Civil español.
2.- Si su madre es portuguesa, es ciudadana de la Unión y como tal, si ya ha cumplido al menos 5 años de residencia continuada en España, debe tener el certificado de registro (tarjeta verde de comunitarios), con la indicación expresa de que es RESIDENTE PERMANENTE en España y puede residir indefinidamente en el país. Es indiferente si enviuda.
3.- Si está casada con un español y no separada legalmente ni de hecho, es suficiente un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, tiempo que, por lo que usted dice, cumple de sobra. La solicitud se ha de presentar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. El procedimiento tiene fijado legal y reglamentariamente un plazo de un año, aunque en la práctica puede tardar de dos a tres años en resolverse.
4.- A los nacionales de origen de Portugal no le es exigible declarar que renuncian a su nacionalidad de origen al momento de adquirir la nacionalidad española.