mi problema es el siguiente: El vecino de arriba se la ha roto el bajante del baño, el piso lo tiene alquilado a otra persona, el no quiere hacerse cargo de nada aunque ya estaba roto el bajante antes de alquilarlo a los nuevos inquilinos, el dice que el piso lo tiene para alquilarlo y no quiere tener mas gastos sobre el piso.Yo he arreglado lo que a mi me afecta en mi salon pero el albañil me ha dicho que tiene que entrar en el piso de arriba para terminar de arreglar el bajante.El niño me chulea demasiado cada vez que lo veo y no se que hacer, todo esto me causa serios problemas..Mis preguntas son: que puedo hacer, puedo demandarle, me pagara todos los gastos, por que via tengo que ir, necesito abogado?Muchas gracias a todos.Un saludo.
Me aterra pensar lo poco preparados que estamos los propietarios de las viviendas, realmente me sorprende que reaccione usted así, con ese sentido tan profundo respetando, casi, casi, una posibilidad de que algo tiene que ver con el daño.
Pues bien, con un descarado como ese PROPIETARIO y no le hablo del vecino que tiene arrendado, que nada tiene que ver en este entierro, debe actuar con dureza y sin compasión; supongo que usted tiene algun seguro particular de la casa, acuda a su seguro, si así lo tiene contratado y pida que le proporcione un perito y que valore GENEROSAMENTE, los daños que le han producido de arriba, MUY GENEROSAMENTE; usted no tiene nada que arreglar en su salon. Demande al presidente de la comunidad para que interceda , obligue a que el PROPIETARIO repare los daños y le adjunta SU RECETA, para que tambien se la pague; si en un tiempo muy corto, todo fehaciente por carta, no ve solución, con todos los documentos se va al juzgado(creo que para esto no necesitará abogado) y denuncia solidariamente al propietario y la comunidad en la figura del presidente. Hagame caso, no lo dude.
Que le hagan un informe tecnico que recoja el problema, el coste y la necesidad del arreglo a traves de la vivienda superior. Con ese informe hagale un requerimiento notarial al propietario exigiendole el arreglo en un plazo. El tiene un plazo de 2-3 dias para contestar al requerimiento si quiere hacerlo. El notario le entregara el resultado de su gestion. Si contesta oponiendose o no contesta, podra iniciar la via judicial, ya que no tendra otra forma de que le resuelvan el problema.
Gracias a los tres, pero os contesto a cada uno lo siguiente:
DavidManuel:Yo no tenngo ningin descaro, yo estoy cansada de que el niño me tome por el pito de un sereno y esto va por 3 años y sigo asi, lo del seguro es buena idea, pero dese cuenta , el coste del arreglo, la incrementacion del seguro en años posteriores,meter a la comunidad que ni le va ni le viene, lo que yo tenga con el niñato(perdon), y luego gastos de abogado, que segun usted no es necesario, por que ?
Lexis: parecido, los gastos que tengo yo que soportar y que ya he soportado, requerimiento notarial, y en su caso, el abogado.
Que os parece la situacion?Estoy hasta por mudarme, os lo juro...
David, poco conoces a los peritos de seguros.
Quien les da el trabajo son las Compañías. Y por consiguiente van a procurar que lees salga lo más barato posible, a las compañías, claro.
Bueno, pues ya lo sabes natura, en tu caso, buscate un perito independiente, ejemplo un aparejador(te informarán en el colegio) y le consultas cuanto antecede, te pasará una recetita "buena" pero no te preocupes, porque debes de seguir y demandar; ya nos informarás, estamos a tu disposición; estas cosas los jueces las cogen con todo interés.
?Usted ha tenido unos daños , verdad¿
Pues bien, usted antes que nada le pregunta que necesita un informe legal con vistas a presentarlo en el juzgado que que contenga una factura proforma de los daños que el técnico estime se han producido en el salon; informe sobre la situacion de la averia y de ulteriores consecuencias.Le pregunta lo que puede valer y decide.Lea siguientes instrucciones indicadas por"Lexis" aquí y proceda en la forma indicada y a esperar justo el tiempo dado, transcurrido el plazo y no contesta, puede iniciar la via judicial, preferible un abogado; no tenga miedo ese tipo de reclamaciones siempre tiene respuesta. Usted le pide tambien un presupuesto previo al abogado.
Gracias de nuevo.. os ire informando , pero si se os ocurre algo mas no teneis nada mas que escribir en este foro tan esplendido, y asi aprenderemos muchos...
Consulte usted a un abogado. El perito de su compañía nada le dirá y menos aún si ya ha reparado. Tenía que haber peritado los daños antes de proceder a su reparación.