Sólo existe un problema, usted nos ha dicho que esta subcontratado, por tanto sus vacaciones, salario y demás corresponden a su empresa y no para la que trabaja así que es su empresa quien debe darle sus vacaciones.
Usted a la empresa cliente no puede hacerle nada y ellos a la reciproca tampoco, usted debe mirar su convenio de aplicación y debe tratar estos temas con su empresa, la cárnica no es quien para decir los días que tiene usted de vacaciones.
SMO
Gracias a los dos por vuestros comentarios, son 22 días laborables por convenio, de los que tengo por escrito que se niegan a darme más de 20. La ilegalidad es clara, y que no voy a conseguir esos dos días que me faltan casi que también, solo quería saber un poco como llevar el tema hasta una inspección de trabajo donde le den un escarmiento a estos delincuentes porque si permito que me pisoteen ahora el futuro será peor para mi y para mis compañeros.
Doy por sentado,como tengo por sistema, el literal del consultante,en todo caso,aunque el convenio contemple 22 laborables,eso no puede implicar en ningún caso que el total séa menos de 30 naturales,y,según el régimen de turnos podría darse el caso,o al menos,así lo entienden algunos empresarios listillos.
De todos modos,le dán veinte y son 22.
En lo demás,nada que objetar.
Creo blecua que estás dando por sentado que el consultante habla de 20 días naturales, pero creo que habla de 20 días laborables: sobretodo porque dice que el convenio marca 22 (laborales).
Por lo tanto, si su convenio marca 22 días laborales, serán esos como mínimo los que deba disfrutar. Si no los disfruta en el año natural, como norma general, los perderá. La Inspección de trabajo puede ser una buena opción, pero ha de saber, que la misma no tiene potestad para "obligar" a la empresa a que cumpla con sus obligaciones. Puede ser una medida coercitiva ante la posible sanción; pero como tal, el único que podrá "obligar" a la empresa a ello es un juzgado.
La duración de las vacaciones puede ser pactada en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo correspondiente, pero se establece la garantía legal de que ésta nunca será inferior a los 30 días naturales que marca el Estatuto de los trabajadores. Es decir, los pactos respecto de las vacaciones, sean individuales entre trabajador y empresa o sean por vía de negociación colectiva, podrán ampliar su duración, pero no reducirla con respecto al mínimo legal establecido de 30 días naturales.
Lo mejor sería que mediase un sindicato,no me canso de decir que en la situación actuál,la afiliación a uno hay que considerarla un seguro de asistencia jurídica muy barato.
Si no contempla esa opción,una reclamación en inspección de trabajo creo que será suficiente,la ilegalidad es de manuál.
Hola, trabajo (y vivo) en Barcelona subcontratado en el mundo de la informátca cobrando de una subcontrata-cárnica que reside en Madrid. La empresa final tiene a sus empleados con 20 días de vacaciones mientras que en mi convenio pone que tengo 22 aunque se niegan a darme más de 20. Tengo por escrito un email de mi responsable directo de esa "empresa final" donde dice (tras quejarme yo) literalmente a mi y a mi empresa "XXXX tiene 20 días de vacaciones ponga lo que ponga en su convenio". A la cárnica se la suda todo mientras ellos cobren a fin de mes.
La cuestión es que me siento indefenso, ¿Donde puedo ir a denunciar si no conozco de sindicato ni nada que tenga mi empresa?