soy presidenta de mi comunidad y los vecinos se me estan hechando encima;el problema radica en que quieren hacer una obra sin los estudios arquitectonicos pertinentes(el permiso municipal si lo tienen).
yo me niego a hacerlo,y menos estando yo de presidenta,puesto que si pasa algo el responsable seria yo.
la ultima jugada es que el secretario de la comunidad convoca una reunion sin comunicarmelo.
me gustaria que alguien me aconsejara;¿es legal hacer eso?¿puden obligarme a afrontar la obra?¿que tipo de mayoria se necesita?
muchas gracias de antemano.
zulema
Pos yo tambien tampoco tengo ni idea , pero supongo que no te pueden obligar a afrontar la obra. Deja pasar el tiempo y que la afronte otr@ (las cosas de palacio van despacio).
Diles que todo a su debido tiempo pero empezando por los estudios arquitectónicos. Salvo mejor opinión, porsupuesto
en un principio eso es lo que pense yo,pero los vecinos no paran de presionarme,les ha entrado la prisa de repente.
las reuniones de vecinos se transforman en ataques frontales hacia mi,y la situacion se esta haciendo insostenible.
y la ultima es la reunion clandestina que estan organizando,donde imagino que aprobaran la reforma.
por eso preguntaba si era legal o no y que podria hacer...
Empezaremos por el final, la Junta de Propietarios solamente las puede conocar el Presidente o en su defecto el 25% de los propietarios que a su vez sumen el 25% de las cuotas de participación, si no se convocan de dicha forma no son Juntas de Propietarios, son reuniones de vecinos sin valor ejecutivo ninguno de lo que allí se hable.
Pero también tengo que decirle que si una obra, reforma, arreglo, reparación, etc., es aprobada en Junta General de Propietarios, y es más, si se tiene y posee la Licencia de Obras concedida (señal que no debe nececitarse informes arquitectónicos, sino el Ayuntamiento correspondiente los hubiera exigido, antes de la concesión de la Licencia), como Presidente de la Comunidad no se puede negar a realizar dicha obra, porque si está obligado a llevar a cumplimiento los acuerdos legalmente tomados en las Junta de Propietarios, si no lo hace está contraviniendo la L.P.H., por lo cual si se la podría demandar.
Y por último, Ud. como Presidente de la Comunidad es la figura representatva de la misma, pero eso no significa que vaya a ser la única responsable de los que en ella se realice, siempre y cuando lo haga en nombre, y con el respaldo, de la Comunidad para eso queda todo recogido en un Libro de Actas, por lo que la responsabilidad ante cualquier situación que se de es de todos los integrantes de la Comunidad de forma solidaria.
Ademas usted, aunque sea el Presidente, como propietario podria votar en contra del acuerdo y dejar constancia en acta, que no asume cualquier responsabilidad derivada de obras que no cumplan los requisitos (por ejemplo direccion tecnica).
Consulte con el Colegio Oficial de Aparajeradores y Arquitectos Técnicos de su provincia. Para ello remitales la documentación presentada en el Ayuntamiento.
Y siempre tiene el sistema de no firmar nada. Si tiene aguante para ello. Pero funcione con astucia.