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Problemas de humedades por bajantes comunitarias

4 Comentarios
 
Problemas de humedades por bajantes comunitarias
04/05/2006 10:10
Hola, tengo un problema con el presidente y el admistrador por humedades en las paredes del sotano de mi local.

Por algun atasco o rotura de las bajantes fecales, me sube la humedad por capilaridad por las paredes, alcanzando los dos metros de altura.

El presidente y el administrador hacen caso omiso a todas mis peticiones para que se arregle la averia.

Esto viene de lejos, pues tuve discrepancias con el presidente, hace unos meses.
Se empeño en que los poceros entraran por mi local, para sustituir las conducciones de saneamiento (haciendo una zanja de 2 metros de profundidad). A lo cual yo me negue, hasta que se me asegurara por escrito que se resarcirian todos los daños causados. dejando todo tal y como estaba.

Una vez que obtuve por escrito la garantia que pedi, accedi a que los poceros entrasen..... pero no vinieron, de eso ya hace varios meses...

Ahora tengo problemas de poceria , el administrador siempre me dice que ya ha avisado a los poceros, pero no aparece nadie a soluccionar la averia.

¿ Como puedo obligar a la comunidad a que arregle la rotura, puesto que ya hace 4 meses que le vengo avisando semanalmente y no me hace caso.?

¿ Que procedimiento he de seguir para denunciar a la comunidad.?

¿ Puedo arreglarlo yo por mi cuenta (por medio de mi seguro) y pasarles la factura del arreglo.?

En todo caso estoy un poco perdido y necesito orientacion para saber que pasos dar y como actuar en defensa de mis derechos......

¿ Podeis ayudarme....?

perfil Jan
04/05/2006 10:55
Hola INFOCGSA. Voy a intentar resolver sus dudas. Usted ha hecho bien en comunicar al Presidente y al Administrador la necesidad de reparar las bajantes comunitarias. La comunidad,en base al art 10.1 LHP, está obligada a la realización de tales obras.

Envie a su Presidente o a su Administrador un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido indicando la urgencia de las obras, la base legal en la que usted se ampara( art 10.1 LHP), concediendo un plazo determinado para la realización de las mismas e indicando que si durante dicho plazo no se inician las citadas obras usted ejercerá las acciones legales oportunas.

En cuanto a dichas acciones. Usted debererá interponer Demanda Civil en base al art 251.1 apartado 11( Obligación de hacer) y en función del coste de la reparación de la bajante comunitaria se tramitará por el Juicio Ordinario o por el Juicio Verbal. Si, como imagino, los costes de las obras superarán los 900 euros, usted necesitará Abogado y Procurador.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
perfil Jan
04/05/2006 10:55
Ampliación: el art 251.1 apartado 11 es de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Un saludo.
16/05/2006 10:58
Antes que nada, perdona por no haberte dado las gracias por tu respuesta.

Me ha servido de mucho, ya que al administrador le entraron los tembleques y rapido llamo a los poceros.

Muchas gracias JAN
perfil Jan
16/05/2006 14:12
Hola INFOGSA.No se preocupe. Ha sido un placer poder ayudarle.

Reciba un cordial saludo