Mui buenas, tengo un problema a ver si me podeis ayudar, os cuento, tengo un chalet con parcela en una urbanizacion de tarragona, el problema es el siguiente los vecinos de mi calle en su momentl cogieron mas.metros en la parcela de lo debido emtonces por culpa de eso la calle es mui estrecha con curvas mui cerradas, no puede pasar la ambulancia, nisiquiera una grua por si se averia algun vehiculo y menos un camion de bomberos por si hay un incendio o parecido…. entonces me acerque a urbanismo me comentaron que habia un proyecto para arreglar todo eso pero que no podia llebarll a cabo porque hah construcciones de 65 años o mas y que la unica manera es que tdos los vecinos de la misma calle se pongan deacuerdo asi el ayuntamiento puede meter mano, pero no es tan facil los vecinos no quieren retirar los muros con sus ballas entonces mi pregunta es puedo hacer algo? Se podria ir al juzgado y denunciar al ayuntamiento? Porque claro si eso esta asi es problema del ayuntamiento no? Porque en su dia podria aber obligado a esta gente a poner las ballas en su sitio, gracias de ante mano
Vuestro problema es que sois propietarios en una urbanización ilegal que, para desgracia vuestra, cada uno ha construido según su albedrío y con absoluta despreocupación en tramitar ante el ayuntamiento un planeamiento que regulara la ordenación urbanística del área.
¿Denunciar al ayuntamiento por haberlo consentido y no no haber ordenado derruir, en su día, todas las construcciones ilegales?, podéis, pero lo lógico sería que seguidamente el ayuntamiento redactara un plan parcial y consiguiente proyecto de urbanización para "esa urbanización" con la que dotarla de servicios urbanísticos adecuados a las necesidades de las construcciones que el planeamiento permitiera construir, os obligara a costearlas y a ceder gratuitamente el suelo necesario para viales y dotaciones públicas..
Quiero decir, si piensas que ha de ser el ayuntamiento o lo que es lo mismo, los vecinos del municipio quien tiene el deber de reparar los problemas que sufre la mal llamada urbanización, estás muy equivocado.
El ayuntamiento tiene echo un proyecto me enseñaron los planos pero lo peor es eso que dicen que tiene mas de 65 años y no los oueden obligar... es un rompe cabezas de verda... a veces e pensado de liarme con una maza y echarlo todo abajo... se que es mucho pedir pero si te pones en mi pellejo que camino tomarias si es que hay alguno... porque no ai derecho que una simple ambulancia que no se le puede negar a nadie que es algo necesario si ocurre algo no pueda pasar ni los bomberos y justo detras mio es montaña... que puedo hacer? Gracias
Por supuesto que se pueden hacer cosas, si los propietarios de suelo estáis en disposición de asumir las cargas o costes a los que hago referencia en el anterior post.
La solución es solicitar al ayuntamiento la aplicación de la Ley3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos.
Sin embargo, de tus comentarios deduzco que ese ayuntamiento no está por la labor de enfrentarse con los propietarios "obligándoos" a cumplir con vuestros deberes urbanísticos,
Asta hay e a quedado bien claro pero como pones en el anterior post no se puede obligar al ayuntamiento a costear el arreglo no? Pero claro me dices por otra parte que si losmpropietarios asumen el coste de las obras se pueden hacer pero lo unico malo es que somos unos 14 vecinos de la misma calle y unos 7 o 8 vecinos no quieren ceder terreno ni mucho menos costear las obras, se les podria obligar de alguna manera?
Sin conocer las determinaciones establecidas por el POM para esa área no puede hacerse otra cosa que observaciones generalizadas. Es preciso conocer:
¿Qué clasificación urbanística otorga el POM a esa área?
En su caso, ¿establece desarrollar el área en un sólo polígono o en varios?
Para ejecutar las actuaciones de regularización previstas en el POM es preciso aplicar el sistema de reparcelación en la modalidad de cooperación o de compensación básica, según convenga, ¿cuál de ellos es?.
En el supuesto de tener establecido la modalidad de compensación básica, que intuyo de tus comentarios podría ser la probable, la iniciativa a presentar el correspondiente instrumento urbanístico de desarrollo corresponde a los propietarios de fincas cuya superficie represente más del 50% de la superficie total del polígono de actuación urbanística.
Por lo tanto, si los propietarios interesados en desarrollar el sector lo sois de más del 50% de su superficie, nada os impide tener la iniciativa de constituiros en Junta de Compensación, de elaborar los estatutos y bases de actuación para su aprobación por el ayuntamiento, contratar a técnico competente que os redacte un plan especial de mejora urbana que también habrá de aprobar el ayuntamiento, redactar un proyecto de reparcelación y de urbanización que igualmente deberéis presentar en el ayuntamiento para su aprobación y finalmente, ejecutar lo aprobado en los plazos previstos en la aprobación de los documentos.
Concluyendo, siguiendo este proceso, sí se podría obligar a los propietarios disconformes a adherirse voluntariamente al proceso, so pena de que la Junta de Compensación solicite al ayuntamiento ser expropiados para resarcirse de los costes de urbanización obligados a pagar.
A gros modo, con la información disponible, es lo que puedo decir.
Pon en el navegador el siguiente enlace y busca la página 40. En él se relacionan los sectores a desarrollar mediante Planes de Mejora Urbana y la página indicada es la del sector Horta de Pimpi.
Según esta ficha, el proceso para su desarrollo es el que en el anterior post indico, el sistema de gestión es por reparcelación, quedando por decidir de entre las modalidades de compensación y concertación.
Lo acabo de leer todo, pero no me queda mui claro el asunto, perdona por no ser tan culto jajaja pero haber si podrias explicarmelo de otrs manera y lo siento por las.molestias, pero todo esto esta a mi fabor o a mi contra? Gracias!