Buenas noches, os cuento.
Una casa de hace cincuenta años se reforma y se constituye como dos viviendas aunque registralmente cuentan con una a día de hoy.
Por fallecimiento del propietario de la casa los herederos asumen la titularidad de cada una de las partes, uno de la parte superior en la que lleva viviendo unos 40 años y el otro hermano que hereda la que era el domicilio familiar de sus padres ubicado en la parte inferior.
Quién hereda la vivienda baja amenaza con cortar el suministro de agua a la vivienda superior alegando que las tuberías que le dan agua pasan por su vivienda y de hecho son comunes.
Coacciones aparte, el contador se encuentra en la fachada de la vivienda superior y se trata de una sola factura a nombre de la fallecida.
Puede realmente el heredero de abajo exigir a su hermana la instalación de una nueva red de tuberías?
Porque lo que tengo claro es que cortarle el suministro no puede.
Muchas gracias.
Ahí hay una sola vivienda con elementos propios, no "comunes", puesto que no está dividida horizontalmente. Es decir, que cada uno de los herederos vive en zonas distintas de la misma casa. Por ello, resulta fútil cualquier idea que se corresponda con una actuación sobre la casa de uno de los convivientes. Lo que tienen que hacer es la división de la propiedad horizontal y, en caso de no permitirlo las normas urbanísticas, una disolución de condominio, que puede ser judicial.