Hola, tengo un apartamento en el Pirineo y me ha ocurrido un siniestro bastante gordo. Al vecino de arriba se le soltó un latiguillo del lavabo y se me filtró el agua a mi piso. Como no había nadie viviendo en los dos pisos allí salió agua durante horas y horas como para llenar una piscina olímpica. Consecuencias de la avería: paredes y techos caladas de agua, tarima flotante hinchada, tres puertas dañanadas y una lista de mobiliario afectado por el agua.
El seguro es compartido entre la comunidad de vecinos y los pisos, es decir, que a la vez que cubre los daños comunes también cubre los privados. Según la póliza cubre el continente, los daños comunes y los daños privados por aguas por un valor de 25.210 €. En cuanto al continente no hay problema porque el seguro se hace cargo de reparar todo pero el problema es el contenido (mobiliario). La valoración mía, hecha por mí, de todo lo dañado he calculado que es de unos 4500-5000 € y la que hace el seguro es de 2810 €. Se basan en que como algunos enseres ya tienen un uso de varios años me dicen que no me los van a pagar como si fuera nuevo.
Si la cobertura máxima que pone en la póliza es de 25000 €, ¿por qué no me cubren todo el mobiliario estropeado por la inundación?, ¿al no estar de acuerdo podría denunciarles por inclumpimiento de lo pactado en la póiiza?.
Saludos,
como usted indica, los seguros tienen una cifra importantisima denominada "suma asegurada" que signidfica la cantidad máxima que se le puede exigir a un seguro si sucede el siniestro previsto y asegurado en el contrato; es decir la aseguradora pagando eso, queda liberada y no se le podrá exigir nada más, ni includo judicialmente.
Si dice que en este caso la suma es de 25.000e, desde luego que puede exigirle judicialmente lo que pide; ahora bien, precisará de un informe pericial con el fin de que pueda reclamar a la aseguradora y utilizarlo luego judicialmente.