Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Problemas compra vivienda segunda mano

12 Comentarios
 
24/12/2015 17:01
No, insisto en que dicha normativa habla genéricamente de "boletín", pero en ningún lugar establece que tenga que ser el CIE, por otra parte el CIS también tiene que estar visado por la Consejería correspondiente. Llama a HC Energía (es otra comercializadora) y diles que quieres contratar un suministro nuevo con ellos, y preguntales si lo puedes hacer con el CIS (te digo HC porque yo he dado un alta el mes pasado en esa empresa con ese Certificado). Si quieres reclamar a ENDESA perfecto, pero puede ser cuestión de meses.
24/12/2015 16:45
¿Qué es HC?

Ese boletín es el que firma el electricista y envía a Industria para que esta entregue el Certificado de Instalación Eléctrica.

¿A quién reclamo entonces? ¿A Endesa por pedirme algo que no corresponde y meterme en este lío?

Muchas gracias!!
24/12/2015 16:24
Si hay suministro de HC en esa provincia llama y di que quieres dar un alta nueva con Certificado de Instalación Segura. Respecto al art 83 del RD 1955/2000 habla de un "boletín", no de un Certificado de Instalación Eléctrica que, insisto, NO te pueden pedir en base a ninguna normativa vigente. Otro tema es que meterte en abogados te va a costar tanto como el Certificado. Para terminar esa revisión no tiene por qué hacerla suministradora alguna, el susodicho CIS es la prueba de que un instalador autorizado ha realizado la revisión y es correcta. Insisto, llama a HC.
24/12/2015 15:50
Eso da igual, ¿no? Será igual para todo el mundo, supongo.
24/12/2015 15:31
¿En qué provincia esté el inmueble?
24/12/2015 13:38
Lo primero de todo, muchas gracias por vuestras respuestas.

La vivienda tiene 35 años.

Cuando fui a realizar el cambio de titular (en cuanto me entregaron la copia simple de las escrituras 6 días más tarde de la firma) me hicieron el contrato y todo a mi nombre pero me dijeron que solo sería efectivo si la revisión era correcta y, al no serlo, pues se quedaba en papel mojado hasta que todo estuviera ok.

En un primer momento, para mi, el único defecto (que no vicio - creo que hay diferencia entre esos dos conceptos-) oculto (Art. 1484 CC) era el diferencial roto que pensé cambiar y asunto arreglado. Luego ya reclamaría al vendedor su coste. Pero en el papel de Endesa pone bien claro "Revisar instalación interior con antigüedad superior a 20 años" y "En el caso de resultado incorrecto (como es el mío) de la instalación interior y en cumplimiento con el artículo 83 del RD 1955/2000 deberá aportar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) a través de su comercializadora o directamente al correo electrónico verificaciones@endesa.es".
Es decir, que un defecto oculto generó todo este lío...y me da qué pensar que el vendedor no hiciera nada porque se enteró de lo que ello suponía y dejó el "marrón" para mi.

El tema del corte de la luz es porque creo que la inmobiliaria no le transmitió al vendedor mi reclamación y la inmobiliaria me dio largas y largas para finalmente decirme que ellos lo arreglarían...cosa que no hicieron.

La potecia contratada antes del corte de luz era de 4,4. Ahora ya no existe y es 4,6 pero, insisto que, en el papel de Endesa, se me pide el CIE y no el CIS.

¿Podría reclamar a Endesa por no haber hecho bien su trabajo? Quiero decir, que todo esto no hubiera sucedido si ellos habrían cambiado el titular y punto.

Pedí varios presupuestos y todos los electricistas me dijeron que ellos nor firmarían ningún boletín no conforme a la normativa porque si pasaba algo se les podía caer el pelo. Los presupuestos que me hicieron era los justo y necesario para cumplir con la normativa y todos rondaban los 3000 € (esto me lo dijeron porque yo les dije que no quería "extras"). Además, del seguro del hogar me dijeron que si pasaba algo y no tenía el CIE o cualquier otro documento, certificado, ... obligatorio, ellos podrían escudarse en ello para no hacerse cargo de cualquier tipo de daño.

Visto lo que me estáis diciendo...creo que el responsable de todo lo sucedido es Endesa por no haber hecho su trabajo correctamente.
Pero me queda la duda de si la inmobiliaria debiera haberme informado antes de la compra.

¿Qué me aconsejáis? (Aún estoy dentro de los 6 meses para reclamar).

Muchas gracias nuevamente.
24/12/2015 10:02
Está mezclando conceptos 1) Un contrato de suministro EN VIGOR se puede cambiar de titular sin documentación alguna, con el único requisito de que no tenga deudas pendientes. 2) Un contrato dado de baja ya NO ADMITE el restablecimiento del mismo, si se ha dado la baja ahora SIEMPRE hay que dar un alta nueva. Es cierto que hasta hace tres años existía un periodo durante el que era posible restablecer el suministro sin presentar documentación alguna, pero la introducción del Certificado de Instalación Segura eliminó tal posibilidad. 3) Si la instalación cuenta con un Certificado en vigor no hay problema para tramitar el alta, pero caso contrario se lo van a pedir. 4) Y es aquí donde cobra trascendental importancia la diferencia entre los dos tipos de certificados. El Certificado de Instalación Eléctrica certifica que la vivienda cumple con el RBT Real Decreto 842/2002, para lo que habría que adaptar toda la instalación a esta normativa (pueden ser perfectamente los 3.000 euros que se citan, dependiendo de la vivienda), mientras que el Certificado de Instalación Segura certifica que la instalación de la vivienda es segura, y cumple con la normativa que en su momento le fue aplicable (por ejemplo el Decreto 2413/1973). En principio este último no requeriría modificación alguna (o escasas) de la instalación y solo implicaría el coste del Certificado (entre 100 y 200 euros). Este último es perfectamente válido para contratar el suministro.
perfil veo
23/12/2015 23:45
no es legal todo lo que pueden indicar los papeles
no todos los agentes comerciales que trabajan para Endesa hacen bien su trabajao
un contrato de suministro se puede cambiar de titular sin necesidad de boletín si se solicita en el plazo de 6 meses desde que se ha dado de baja
pasado ese tiempo, exigirán boletín ... y para obtenerlo es posible que haya que hacer mejoras en la instalación ... pero si esas mejoras se limitan a las modficaciones para el cumplimiento estricto de la normativa (interruptor general, cuadro de distribución con un número mínimo de circuitos, características del cableado, etc), debiera de costar menos de 3000 euros
si el instalador dice: "ya que" tal, "convendría aprovechar para ...", ... no podemos saber si el que aprovecha es el instalador, o si le está haciendo una recomendación adecuada, y a usted le conviene asumir el sobrecoste
el vendedor de nada es responsable si él tenía contrato y si no hay chapuzas ocultadas maliciosamente. Si la vivienda tiene 50 años, lo normal es que el cableado no sirva para obtener un nuevo boletín, pero eso no significa que legalmente no sea suficientemente seguro para esa vivienda de 50 años, ya que presuntamente cumple con los requerimientos en vigor a fecha en que se le dio suministro
23/12/2015 22:07
Vamos a centrarnos en el problema, el suministro ya está dado de baja (no voy a entrar en lo demás, porque es largo y ya no procede). 1) Desde el punto de vista legal no es un vicio oculto nada de lo que me comentas (el concepto no es ese) de modo que yo me centraría en restablecer el suministro. 2) Te agradeceré que me reproduzcas literalmente la denominación de la documentación que te piden. 3) Endesa es de lo más lento que hay tramitando expedientes, ármate de paciencia. 4) ¿Dónde está el inmueble?
23/12/2015 19:12
Hola de nuevo:

1) Pues a mi me lo pidió Endesa...Alguna otra persona me comentó lo mismo y así se lo hice saber a Endesa y me dijeron que esa revisión estaba pendiente por parte del vendedor, que también pidió un cambio de titularidad porque heredó y jamás se llevó a cabo porque no les respondió a llamadas ni cartas. Y también se lo iban a exigir a él.

2) Eso pensé yo hasta que lo vi escrito en el papel que me dio el técnico de Endesa y así me lo confirmaron por teléfono.
La luz la cortó el vendedor después por desconocimiento del tema.
Algunas personas me comentaron lo que me dices, pero luego Endesa me dejó claro que es el Certificado de Instalación Eléctrica lo que necesito, vamos, que lo pone bien claro en el papel y en las cartas que me ha mandado Endesa, así como en sus llamadas.

Por eso que no sé qué hacer ni si soy yo responsable o el vendedor o la inmobiliaria o quién...De aquí ahí que pida consejo.

Muchas gracias.
23/12/2015 17:51
Por otra parte para dar un alta nueva (sin incrementar potencia) no hace falta un Certificado de Instalación Eléctrica (que sí implica actualizar la instalación al actual RBT, obra que puede llegar tranquilamente a esos 3.000 euros), sino que basta con un Certificado de Instalación Segura que requiere muy poca obra (normalmente solo cambiar la derivación individual o ni eso) y baja a entre 100 y 600 euros más o menos según el caso.
23/12/2015 16:53
Hay algo muy raro porque 1) Un cambio de titularidad del contrato de suministro eléctrico es un trámite administrativo para el que NADIE va a revisar la instalación, lo único que se pide es no tener mensualidades pendientes y 2) Que un interruptor diferencial esté roto no implica, de ninguna forma, un Certificado nuevo, se cambia y punto. Otra cuestión es que el suministro este dado de baja, porque eso implicaría un alta nueva y ese ya es otro tema.
Problemas compra vivienda segunda mano
23/12/2015 14:14
Hola:

He comprado una vivienda de segunda mano en agosto.

Cambié el titular del gas pero de la luz no se me permitió porque parte del diferencial está roto y la vivienda tiene más de 20 años, para lo que me exigen un Certificado de Instalación Electrica que conlleva una obra de mínimo 3000 € y como haya que hacer rozas, levantar el piso, azulejos, etc... a saber a lo que puede ascender.
Me comentaron que esto es un defecto oculto que se puede reclamar al vendedor dentro de los primeros 6 meses.
Además, de igual forma, me dijeron que la inmobiliaria es también responsable porque nada se me dijo en ningún momento sobre este tema antes de comprar el piso dado que, sabiéndolo, puede que no lo hubiera comprado, hubiera pedido una rebaja en el precio o lo que fuera...
Contacté con la inmobiliaria para que se lo hicieran saber al vendedor, dado que estaría pagando la luz hasta que se resolviera el tema porque no se podía hacer el cambio de titular hasta entonces.
La inmobiliaria me dio largas y largas, me dijo que lo arreglarían ellos para que, finalmente, el vendedor me cortara la luz, creo yo que sin saber nada del tema.

Tuve que alquilar un piso en el que estoy ahora mismo y a la vez sigo pagando la hipoteca, es decir, más gastos. Además, esto me ha creado un stress que me ha hecho enfermar y no poder trabajar.

Quisiera vuestro consejo sobre qué hacer y cómo.

Considero que yo no he de pagar nada de esto porque la inmobiliaria omitió información y porque creo que su trabajo, entre otros, es realizar las gestiones, papeleos, documentación, etc. no solo los justos y necesarios para vender el piso y llevarse la comisión, sino también actuar de intermediaria entre las partes tanto antes como después de la compraventa. Quiero decir con esto que me parece súper violento tener que llamar yo directamente al vendedor para decirle que me debe "x" dinero o que tiene que arreglar el desaguisado, más añun cuando considero que la inmobiliara tambiés es parte responsable...

Pero a saber si estoy en lo cierto o no desde el punto de vista legal. Me siento estafado, engañado, timado, ...no sé cuál es la palabra correcta para esto.

Espero me podáis ayudar para saber qué he de hacer.

Muchas gracias.