Un profesional que vehía ejerciendo su actividad con una plantilla de trabajadores considerable, se ha constituido en Sociedad Limitada con un familiar suyo, aportando a la Sociedad tan solo el mobiliario y equipo informatico con el que contaba como profesional.
Los trabajadores fueron asumidos por la empresa, manteniéndose la antigüedad de cada uno.
La actividad de la empresa venia siendo descendente desde antes de constituirse la Sociedad y al día de hoy, es cuanto menos preocupante, ya que se han perdido muchos clientes y los ingresos han disminuido notablemente, no habiéndose adoptado por el profesional, que es a la vez Administrador único de la Sociedad, medida alguna que pudiera paliar la situación en ningún momento.
Actualmente, los trabajadores no cobran puntualmente su salario y llevan varios años sin que le sea aplicada subida salarial de ningún tipo, lo que los lleva a temer que la empresa esté tras una posible regulación de empleo o expediente de crisis.
Ante esta situación,
¿Tiene el Administrador alguna responsabilidad frente a los trabajadores o llegado el posible caso de regulación o crisis, solo se está obligado a responder con el capital social?
¿Puede existir algún tipo de fraude en la constitución de la sociedad al no haberse valorado e incluido en su capital social, por ejemplo el valor de la cartera de clientes?
¿Existe algún plazo para denunciar la situación?