Lo que se ve es que no tiene nada que ver la realidad y las intenciones con la legislación.
Yo soy lego en la materia y si vengo a este foro es con la mejor intención de informarme sobre lo que desconozco.
Creo que usted, abogado o no, está malinterpretado mis intenciones, en todo caso, fueron y son las de no erosionar los derechos de mi madre y no pretender ser más que ninguna parte pero el desconocimiento legal y la inmediata necesidad me llevaron a tomar la peor decisión que podría haber tomado.
Yo lo pienso pero usted no lee bien lo que digo. En ningún momento he tenido intención de quedarme nada, tal y como he expresado anteriormente, ha sido el desconocimiento legal a este respecto el que me llevó a tomar esta vía.
Lo que me interesa es saber qué es lo que puede pasar en el futuro para reaccionar ahora en el presente. Yo quiero que la vivienda esté escriturada al 100% a nombre de mi madre pero no a costa de tener que hacerme cargo yo de pagar el crédito hipotecario, a pesar de ser el titular de facto.
"En esencia" será suya pero documentalmente será tuya, es decir, te la está regalando. Si fallece hoy (nadie lo quiera) esa mitad es tuya y no entrará en la herencia.
El día que esté pagada se arreglará como sea, pero no estamos ahí. De todas maneras no te creas que se la puede poner a su nombre sin más, deberá pagarte por ello, a menos que se la dones tú ahora, y paguéis los impuestos que corresponden. Y cancelar la hipoteca, o sea: acabar de pagarte tu mitad, ¿no?
No van así las cosas.
El usufructo no: puede dejarle su mitad de la vivienda en pleno dominio, y todo lo que tenga, menos tu legítima estricta (si sois dos hermanos, esto es 1/6 de su patrimonio, de la que será su masa hereditaria). La parte que es tuya, aunque ahora digas que no es en verdad tuya, no se la puede dejar, porque patrimonialmente es tuya.
Y por supuesto que se puede dejar más a un hijo que a otro.
De todas maneras piensa un poco una cosa: tú dices que no has pagado nada, y pretendes quedarte con la mitad a tu nombre (que no has pagado) y la otra mitad, es decir, quedarte con 3/4 y tu hermano con 1/4, cuando ninguno habéis pagado nada. Que si quiere tu madre, puede hacerlo, perfectamente, pero vamos, no es ese el reparto justo a medias entre hijos, vaya.
Eso de la donación....no lo veo. La hipoteca la está pagando ella porque la casa en esencia es suya. La hipoteca se constituyó a mi nombre porque mi madre no tenía medios en aquel entonces y la idea fue escriturar así para que, una vez satisfecha la deuda con el banco, la escritura se modifique y se le otorgue a ella el 100%.
No es más que un seguro de impago ya que me hermano con 40 años vive con ella sin aportar nada a la unidad familiar.
Les he dicho que cancelen la hipoteca y se haga el trámite pero se niegan.
Entonces, que me quede claro, mi madre puede decidir dejarle la vivienda en usufructo a mi hermano llegado el caso o incluso asignarle en la herencia del 50% de que dispone, más parte a mi hermano que a mí?.
El 50% que es tuyo ya es tuyo.
El otro 50% es potestad de tu madre dejarlo en herencia como desee, siempre que respete las legítimas. No puedes obligarla a dejártela a ti, y si se la deja a tu hermano (que puede perfectamente vivir ahí) tendrá el mismo derecho que tú. De hecho es él el que en todo caso podría reclamar que, llegado el momento, se descuente de tu herencia (técnicamente, traer a colación) todas las donaciones que te está dando, como es el hecho de pagarte la hipoteca.
Que te esté regalando media vivienda en vida, y pienses que tienes más derechos que tu hermano, hombre, no sé..., pero en todo caso es potestad de tu madre y de nadie más repartir su herencia como esta quiera, dentro de los límites legales. Si ya te ha donado más de 1/6 de su patrimonio, podría no dejarte nada más, si quisiera.
Soy propietario al 50% de una vivienda con mi madre. Ella puso una parte del capital con la venta de unas herencias y el restante lo tuve que poner yo en forma de crédito hipotecario que figura sólo a mi nombre pero que paga mi madre. Yo no vivo en esa casa.
El caso es que tengo un hermano que se fue a vivir con ella hará unos 5 años y desde entonces vive de gorra (a pesar de que trabaja en el mismo pueblo) con ella hasta que recientemente ha surgido una polémica y me niegan la entrada en la casa si subo con mis perros.
La cuestión que quiero plantear es la siguiente: que pasos son aconsejables que vaya dando de cara a que cuando falte mi madre, me pueda garantizar el 50% de la propiedad que tengo ahora más la mitad que me corresponda de herencia. Mi intención es a futuro comprar la parte que le corresponda a mi hermano.
Temo que mi madre y mi hermano actúen en connivencia de manera que le garanticen el usufructo de la vivienda a el, en detrimento de mis derechos.
Qué pasos puedo ir dando para garantizar mis derechos?.