Si la ordenanza de edificación de la zona establece la obligación de retranquear, sin duda es denunciable.
Pero hay que leerse la letra pequeña. Podría darse la circunstancia que el retranqueo sea obligatorio respecto al edificio principal y contemplar determinadas compatibilidades respecto a las edificaciones que no lo son.
Y no vale lo que se lea en internet, las normas válidas son las del municipio en cuestión y no otras.
El motivo de la denuncia es que, aunque lo tenga construido en su propiedad, la pared no puede estar construida encima del lindero, sino a la distancia que marque la norma, que según he ojeado por internet varía en cada municipio, pero es entre 2 y 6 metros.
Igual que la altura de la pared, que tiene que estar en consonancia con las construcciones de la zona, no puedes construir un garaje con paredes de casi dos pisos de altura.
Esa era mi duda, si hay posibilidades de que se lo hagan derribar y construir bien. Todo ello sin heber hecho un estudio topográfico (que si la compro lo haré) de las lindes de la finca, porque no se si ha construído justo en el límite o se ha comido medio metro hacia el patio, lo cual cambiaría bastante la situación.
Me interesa adquirir una casa en un pueblo y cuando nos la han enseñado hemos visto que en uno de los linderos del patio trasero, donde debería ir la medianera, el vecino tiene un garaje en su finca con la pared trasera del mismo hecha justo en el lindero, sin respetar el posible retranqueo, el cual desconozco porque en ese Ayuntamiento no lo tienen regulado en Ordenación Urbana. Además es una pared que tiene (a ojo) unos cinco metros de altura y lleva construido unos 20 años.
Habría posibilidad de denunciar estos hechos si finalmente compro la vivienda?
Valdría para algo o es imposible que le obliguen a derruirla y tendíamos esa pared ahí para siempre?