La piscina tiene unos 5 de largo por 2 de ancho, como mucho, vamos, que no es gran cosa, pero cuando solicite la licencia, el técnico del ayuntamiento me dijo que podía empezar la obra sin ningún problema desde el momento que abonase las tasas, porque según decía él, “la licencia tarda tiempo en llegar”, así que empece la obra, y resulta que 6 meses después llega denegada.
¿Posibles sanciones por haber construido la piscina aparte de la multa y/o demolición? Porque por internet he visto hasta penas de cárcel, y la verdad, es una idea que me aterra.
yo tengo mi opinión de que una piscina, según su tamaño y materiales, no debiera exigir licencia
comprendo que en una piscina grande, de más de 25 m3 de agua (sin que la cifra responda a un estudio meritorio), pudieran exigir conocimiento previo de aspectos tales como de dónde toma el agua, qué tratamientos recibe y, según el caso, a dónde se pretende evacuar, incluyendo precauciones para evitar posibles contaminaciones ... pero no en cuanto a la instalación del vaso y su uso
en teoría, una licencia de obra mayor, de ampliación o mejora, exige que el conjunto del inmueble cumpla con la ordenación del planeamiento ... pero, salvo que se trate de una piscina de especial valor (grande, cubierta o climatizada), considero que es algo así como un amueblamiento de jardín, y, salvo casos muy puntuales y aparentemente justificados, no corresponde solicitar licencia para hacer un parterre, instalar un columpio, una hamaca o un tobogán, o colocar un pequeño cenador comprado por 40 € en bricodepôt
En primer lugar habría que conocer la C.A en la que Vd reside para saber la ley urbanísitica que se le aplica y seguidamente, y sobretodo, tendrá la respuesta a su pregunta (o debiera tenerla) en el P.G.O.U de su municipio. Ya que en esta norma local urbanística se recogen la limitaciones y condicionantes existentes para su localidad y tipología de edificacion y de suelo.
Hola, buenas tarde. Tengo un problema porque vivo en una casa con suelo clasificado como rustico con uso residencial en tipologia de edificación aislada en asentamiento rural. Dicha casa se encuentra en una calle privada, y tras querer hacer una piscina y entregar todos los papeles que me requerían para la licencia oportuna, tras varios meses, (mas de 6) ahora me llega la licencia denegada porque dicen que “toda parcela de cualquier tipologia edificatoria para ser edificable deberá dar a calle o elemento publico urbanizado y disponer del frente mínimo establecido para cada tipologia”.
No entiendo porque para construir la casa se dieron todos los permisos correctos, y ahora para una pcsina no... no se... ¿Alguna manera de alegar o presentar algo para poder tener la licencia?, porque la piscina ya esta construida...