En el año 2014 mi madre tuvo que vender la casa en la que vivíamos porque se divorció de mi padre y no podía hacer frente ella sola a las cuotas de la hipoteca. (Yo aún era menor de edad, estudiaba y no tenía ingresos). Las prisas o la desesperación por venderla o quizás ambas cosas, hicieron que mi madre decidiera venderla por su cuenta sin contar con el asesoramiento adecuado y además por debajo del valor de mercado de dicha casa. Ella era consciente de que la casa valía más dinero pero le urgía venderla para poder cancelar lo que quedaba de hipoteca. Una vez vendida y cancelada la hipoteca, con el dinero que le sobró compro un piso en el que vive hoy en día. Dio una entrada para un coche que aún no ha terminado de pagar y con eso gastó el dinero de la venta de la casa. Años después, en 2018 la agencia Tributaria envía una carta en la que anuncia el comienzo de una especie de averiguación porque según ellos encuentran irregularidades en la declaración de la renta que hizo mi madre luego de vender su casa. Concretamente la agencia Tributaria entiende que mi madre no vendió la casa por debajo del valor de mercado sino que únicamente declaró menos de lo percibido por su venta, es decir, que en los papeles se puso una cantidad menor y el resto lo percibió bajo mesa. Por lo visto esto es una práctica habitual. Total, que después de casi dos años en los que mi madre tuvo que aportar numerosa documentación para demostrar que esto no era cierto (aportó información de sus cuentas bancarias, la escritura del piso que compró, el justificante de haber cancelado la hipoteca, etc...) La agencia Tributaria entendió que no había existido mala fe ni una intención de defraudar sino únicamente que el proceso se había hecho mal por las razones que fuesen pero nunca con la intencion de no pagar lo que correspondiese, por lo que eximian a mi madre de pagar sanción alguna pero si exigían que esos impuestos correspondientes a la diferencia entre el valor de mercado establecido por Hacienda y la cantidad recibida por mi madre al vender, fuesen pagados por ella. Concretamente 13.000 euros aproximadamente. Mi madre tuvo que pedir un crédito al banco para poder pagar dicha cantidad, que por cierto a día de hoy continúa pagando. Aclarar que antes de esto acudió a un gestor el cual le aconsejo pagar para evitar recargos ni intereses por parte de Hacienda, recomendándole hacer cualquier reclamación una vez efectuado dicho pago. Mi madre, consciente de que el error fue suyo por no haberse puesto en manos de un profesional que le asesorarse a la hora de vender su propiedad y también por motivos de salud y de ánimos, decidió no hacer reclamación alguna creyendo que todo había quedado zanjado pero hace varios días recibe una nueva carta en la que le dicen que necesita abonar otros casi 3000 euros correspondientes a un local comercial que formaba parte de la propiedad que vendió, ya que en la casa había una división horizontal que la dividía en lo que era nuestra vivienda y un salón que se usó para alquiler. La referencia catastral es una sola, la propiedad era una sola que se vendió en su conjunto pero para Hacienda eran dos fincas, la vivienda y el salón y está última cantidad que reclaman es por la venta del salón. Venta que repito, no se realizó por separado pues mi madre vendió todo en su conjunto, para nosotros la casa era nuestra casa independientemente de que en los papeles ponga que son dos fincas. Hubo una única escritura de compraventa y se hizo todo de una sola vez, se vendió todo en su conjunto. Se que esto es largo y que cansa solo leerlo pero estamos desesperados mi madre no tiene ánimos para pagar más y no nos gustaría que alguien nos asesorarse o si por lo menos alguien puede indicarnos de algún profesional a quien consultar este tema. Muchas gracias de antemano por vuestras posibles respuestas y por las molestias.
Es posible que lo referente a ese local comercial esté prescrito y Hacienda no pueda reclamar nada.
Para asegurarse y, en su caso, alegar prescripción, tenéis que acudir a un profesional de confianza (lo importante no es que sea muy bueno, sino de confianza) con todos los papeles: escrituras, cartas de Hacienda, etc. etc. para que verifique todo concienzudamente.
Yo también entiendo que no hay que preocuparse, ni hay venta separada (única referencia catastral, única compraventa del conjunto, y única declaración) y además está prescrito.
Posiblemente les haya rebotado por algo que haya hecho el comprador, que quizá haya vendido alguna por separado, y con un poco de jeta hacienda le pasa la pelota a tu madre. Eso id a hacienda de forma presencial y lo primero de todo que os digan si está prescrito o no.
Muchas gracias por tomarte la molestia de responder. Así lo haremos, el problema es que nos dan 10 días hábiles para presentar alegaciones y ya vamos un poco justos. ¿Cuándo dices alguien de confianza te refieres a un abogado o te refieres a un gestor? ¿Quién sería, según tu criterio, el más adecuado para esto? Te agradezco tu opinión de antemano. Saludos.
Muchas gracias por tu respuesta, así lo haremos. De verdad, muchas gracias por vuestra atención. Me tranquiliza bastante leer vuestras respuestas. Amigos y familiares nos han dicho que es mejor pagar, que con hacienda es mejor no pleitear pero nosotros somos gente muy humilde, no tenemos propiedades ni tan siquiera grandes ahorros y no nos preocupa que husmeen. De hecho ya hemos presentado todas nuestras cuentas en su día, solo nos parece abusivo tener que pagar más dinero aún. Como dije, mi madre está pagando un préstamo con el que hizo frente al primer reclamo ya que entendimos que la ley esta así estipulada y el hecho de que no lo supiéramos no significa que no seas responsables y estemos obligados a ello. Pero ahora más dinero... Pfff en fin, lo dicho; muchas gracias por responder. Saludos.
Si andáis mal de tiempo, presentad las alegaciones ya, sin demora, alegando que ha prescrito. Es muy importante no dejar pasar el plazo de alegaciones.
Luego acudís al técnico de confianza, da igual que sea abogado o gestor. Lo importante es que se tome el asunto con interés y que sepa de impuestos (no es necesario que sea una lumbrera).