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Problema con el IBI vivienda familiar

2 Comentarios
 
Problema con el ibi vivienda familiar
05/12/2006 20:43
Estimados amigos, mi problema es que mi exmujer no quiere pagar el IBI de la vivienda familiar rechazando mi burofax por el cual le remiti y reclame los recibos.

La situación es de separación contenciosa con adjudicación plena de la vivienda familiar a ella menos la hipoteca que se paga al 50%.

Cuando se emito sentencia comunique en el catastro de Madrid la nueva situación, pues hasta ese momento los recibos venian solo a mi nombre, para que hicieran los cambios pertimentes.

Al cabo de varios meses me contestan a mi nuevo domicilio la aceptación de mi recurso y modificaron en el catastro que la vivienda familiar es al 50%.

Pero a fechas de hoy, sin haber mediado comunicación alguna, salvo la mencionada, me comunica el banco un embargo de mi cuenta por el 100% del IBI correspondiente al año del recurso y cuando me dirijo a recaudación ejecutiva me dicen que tambien vienen a mi nombre los recibos de los siguientes años.

En estas dependencias me atiende un funcionario que ante los documentos que presento entiende que debe paralizar el embargo y no comprende porque no se han hecho los cambios pertinentes y me aconseja que me diriga a la oficina del IBI con los documentos para que modifiquen la titularidad de los recibos.

Mi sorpresa es que cuando me dirigo a la oficina correspondiente en la cual me atienden dos funcionarias que, a pesar de reconocer lo hechos y de entender que la situación es injusta, me comunican que no tienen intencion de cambiar el nombre de los recibos pues sempre han ido a mi nombre y yo siguo siendo propietario, y con recochineo me dicen que la culpa fué de mi abogado...?.

Conclusión, ¿como puedo obligar a que los recibos se cambien?,...o, ¿como puedo hacer para que mi exmujer asuma la parte de deuda que le corresponde?

Saludos a todos

06/12/2006 18:17
Lo primero que tienes que comprobar es si la sentencia de separación atribuye el uso y disfrute de la vivienda, no vayas a estar confundiendo esa atribución del uso con la adjudicación que se hace tras la liquidación de gananciales (¿Habéis liquidado los gananciales?), pues una afecta al uso y la otra, a la propiedad del bien.
Me temo que pudiera ser tu caso, que se le haya atribuido el uso y no la titularidad del bien, en cuyo caso no van a cambiarte los recibos, si bien, al ser la propiedad de ambos y estar tú pagando esas deudas de la sociedad, podrás reclamar el 50% de las mismas a tu ex cuando liquidéis la sociedad de gananciales. Que te lo explique correctamente tu abogado.
Un saludo.
07/12/2006 17:33
también puedes interponer una demanda contra tu ex reclamando el pago del 1/2 que le corresponde