Buenas tardes, hace 5 años abri un fondo en el banco del que ahora queria ir disponiendo del dinero. (La entidad es Santander) pero me comentan que no puedo disponer de el hasta fallecido -solo podrian mis herederos- puedo actuar de alguna forma para poder disponer del mismo?
No es posible darle una respuesta mínimamente fundada sin leer el contrato, pero en términos genéricos supongo que siempre cabe alegar que esa condición no fue validamente incorporada al documento, o falta de consentimiento informado. Necesita usted un abogado que valore el caso concreto.
Existe una figura llamada "donación fideicomisaria", que es probablemente lo que usted ha firmado, en virtud de la cual el banco recibe como donatario un dinero para donarlo a su vez íntegro a unos terceros que, de ser los herederos legales o testamentarios la transmisión efectuada por este título participaría de las reglas generales de la sucesión.
Todo lo cual, habiendo un banco por medio en calidad de donatario, es un completo despropósito. El Santander es un banco duro de pelar en los juzgados y tiene muy bien planteados los saqueos a sus clientes y la esquilmación sistemática de las cuentas corrientes, para regularizar su propia cuenta de pérdidas y ganancias. Pero en su caso se equivocan al negarle el dinero, puesto que la clase de contrato que ha firmado está amparado por el mecanismo sin el cual la donación fideicomisaria no tendría sentido: la reversión. Vaya a un abogado y pidan la devolución del dinero por escrito. Ni se molesten en ir a atención al cliente. Como dice el Dr. Crane, hace falta el contrato, lo cual conseguirá su abogado con una actuación que se llama Diligencias Preliminares.