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problema ante petitum

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Problema ante petitum
09/05/2006 11:35
Hola a todos:

Me encuentro en la siguiente situción:
He de reclamar una cantidad a una sociedad deudora.
Tengo base documental suficiente para acreditar la existencia de la relación comercial y las entregas realizadas a la futura demandada. Estas cantidades devienen:
1º.- Un contrato de reconocimiento de deuda por un préstamo no amortizado y un talón devuelto por impagado que mi cliente tenía con un tercero. La deudora, asumiendo la deuda se comprometió a devolverla en un plazo determinado devengando, si ello no ocurría, un determinado tipo de interés moratorio.
2º.- Un contrato entre las dos partes por un préstamo, a devolver en un plazo diferente al del débito anterior y con un tipo de interés también distinto.
3º.- Tres talones que se devuelven por la deudora como impagados.

La amortización de las deudas, a pesar de que se habían estipulado unas cantidades fijas semanales, se iba haciendo en base a la entrega por la deudora de las cantidades que decía que podía entregar. Al menos todas las semanas se iba recuperando algo.
Del total de cada entrega, aproximadamente la mitad se imputaba para la recuperación de las cantidades en concepto de préstamos (el que asume de un tercero y el otro suyo propio) y la otra mitad para las recuperaciones de las cantidades entregadas a cambio de los talones.

Como reflejo de los pagos realizados, es decir, de las cantidades recuperadas por cada concepto (préstamos y talones), los saldo parciales y el saldo final deudor (puesto que no ha devuelto tales cantidades), mi cliente me aporta dos listados que son extractos del Libro Mayor de la empresa (un listado que indica las recuperaciones y cantidades pendientes por préstamos y otro, pero para talones).

a).- ¿Creéis que valen como medio de prueba tales extractos? ¿En base al art. 327 de la LEC? ¿Podría ser impugnado de contrario? Es la única constancia de los pagos y del saldo, ya que la deudora no dispone de documento alguno que refleje las cantidades entregadas semanalmente.

b).- Me encuentro con los siguientes problemas a la hora de plantear el petitum de la demanda:
-¿Podría reclamar el pago de la cantidad total adeudada, deslindarla en concepto de préstamo y talones o aplicar el art. 1174 del CC? En este último caso ¿cómo?.
-Ante la grave dificultad de determinar los intereses devengados (distintas deudas, distintos plazos y distintos tipos) ¿sería preferible, para no renunciar a ellos, pedir condena de entrega de las cantidades no pagadas y de los intereses, sin concretarlos en este estadio procesal, sin perjuicio de posterior liquidación definitiva en ejecución?

Os agradecería, si habéis llegado hasta aquí leyendo, que me ayudéis con la aportación de vuestra experiencia en este asunto.

Gracias.