Que medios probatorios se deberian utlilizar para poder probar el valor del imueble ¿ ?
Perito?? y en ese caso tiene que ratificar en juicio la tasacion ??
Valores de mercado ??
El artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que es derecho supletorio para los procedimientos de todas las jurisdicciones.
Que no te impresione el hecho de estar ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si quieres demostrar el valor de un inmueble puede hacer dos cosas: aportar un dictamen pericial o pedir que el perito sea designado por el Juzgado o Tribunal; y pides la ratificación para que sea sometido a contradicción.
Sobre cómo se valora un inmueble podríamos estar varios días o semanas escribiendo. Eso constituye una ciencia. y la normativa que existe sobre cómo valorar depende de que sean bienes "rurales" o "urbanizados", si se trata de terrenos; y si son edificios... no te digo nada lo que hay escrito sobre eso...
dispongo de entrada de una tasacion hipotecaria efectuada un mes antes de la valoracion por la adminsitracion, firmada por un arquitecto tecnico;
, pero no se si procede aportarla y pedir que se ratifique en la vista o solicitar otra ( mas gasto para el cliente).
Podria " reutilizar" la tasacion hipotecaria previa ? muchisimas gracias Ataulfo =^:^=