Hola, soy nuevo en el foro y no tengo experiencia.
Sou fijo y aunque en mi contrato pone "DE LUNES A DOMINGO" SIN ESPECIFICAR TURNO, llevo ocho años trabajando en turno de mañana (desde que entré) ya que la empresa tiene asignado cada trabajador a su turno específico.
De hecho, tengo reconocido por SENTENCIA JUDICIAL COMO "HECHO PROBADO" QUE SOY TRABAJADOR EN TURNO DE MAÑANA (un compañero del turno de tarde solicitó judicialmente mi turno de mañana).
La cuestión es que la empresa está EN PROCESO DE CAMBIO DE DIRECCIÓN y nos dice que van a implantar el trabajo a TURNOS rotativos de tarde-mañana-noche..
Tengo que aceptarlo involuntariamente?
Negar puede negarse, pero si la empresa hace bien las cosas esa negativa puede suponer la extinción legal (aunque indemnizada y con derecho a desempleo) de su contrato de trabao.
Lo puede preguntar tantas veces como quiera pero la respuesta es la misma, da igual que tenga usted una sta que reconozca que trabaja usted de mañanas si la empresa implanta el trabajo a turnos usted tendrá que rotar como todo el mundo, esto es una modif. Sust de las cond. laborales art 41 ET, esta es una decidió unilateral y usted puede ir contra esa decidió unilateral con el art 41.3 ET, opciones, tragar, acatar e impugnar y por ultimo si el juez da la razón a la empresa usted puede solicitar la rescisión de su cto con una indemnización de 20 dias por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades y posterior dcho a prestación por desempleo.