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Privación del Voto.

17 Comentarios
 
Privación del voto.
23/12/2005 10:18
Muy Buenas A tod@s.
Les explico mi problema, a ver si me pueden orientar.
El día 15/12/05, recibo convocataria de junta para el día de hoy, en ella se manifiesta que estoy como moroso y se me deniega el voto si no pago. Pero resulta que yo estoy totalmente seguro que estoy al día, ya que tengo los recibos domiciliados por el banco, y por supuesto en banco no los ha rechazado. Ese mismo día realizo escrito a la comunidad para que me detallen la deuda, deposito el escrito en el buzón de esta; y hasta hoy no he recibido respuesta. ¿ Cómo debo actuar?
Muchas Gracias, espero que alguien me oriente.
23/12/2005 10:54
Presentate en la Junta con las fotocopias de todos los pagos (demostrando estar al dia), y antes del inicio de la misma que el Secretario tome nota y te excluya de la relacion de morosos, a fin de que puedas ejercer el voto, con la advertencia al Secretario de que en caso contrario, procederas a impugnar judicialmente.
23/12/2005 13:39
Mas que con los recibos de pago, te recomiento que pidas un extracto de tu cuenta bancaria.
Te explico:
Al cargarse un recibo en la cuenta la entidad bancaria emite automaticamente el justificante de pago, pero puede darse ocasiones, por lo que sea, que posteriormente se devuelve el cargo, teniendo tu ese justificante de pago lo que no quiere dcir que el recibo este pagado.
Revisa bien los movimientos bancarios y solicita al inicio de la Junta el justificante de devolucion que la entidad bancaria de la comunidad remite al administrador, presidente etc, lo que en algunas entidades se denomona "liquidacion devolucion TIR"
Si el presidente, Administrador etc lo tiene efectivamente ese recibo no se ha cobrado.
23/12/2005 14:08
Suicnop, lo que le dices está muy bien, pero yo objetaría algo. Un comunero no tiene por qué mostrarle los movimientos de su cuenta a la Comunidad, porque no incumbe a ésta conocer interioridades de su economía. Fíjate que, aparte del adeudo del recibo, puede haber muchas otras anotaciones al debe y al haber.

Le sugiero otra cosa para presentar en la Junta: Pida una certificación al Banco, de que el recibo numero tal, por tal importe, está adeudado en la cuenta de don fulanito de tal en tal fecha, por lo que de modo efectivo ha resultado pagado al no haberse producido devolución posterior al adeudo.

Creo que así cumple con demostrar el pago, y a la vez preserva la confidencialidad de los movimientos y saldo de su cuenta bancaria.





23/12/2005 14:40
De todas maneras, como comentario tangencial, añado que a mi me parece muy peculiar que sea uno tenga el que tenga que demostrar su inocencia. Yo hasta ahora pensaba que es el que acusa el que tiene que basarse en algo y probarlo. Pero claro,... la única experiencia de juicios que yo tengo son las películas de la tele. A lo mejor la realidad es al revés, sobre todo en lo que concierne a L.P.H., que parece que estemos al otro lado del espejo de Alicia.

¿Por qué no ha de ser el Secretario el que presente el extracto de la cuenta de la comunidad, algo muy saludable, para que todos los comuneros punteen lo correctísima y clarísima (...o no) que está la cuenta comunitaria. Ahí se comprobaría si el comunero al que declaran moroso lo está realmente.

23/12/2005 14:47
Muchas Gracias por vuestras respuestas. Yo tengo los recibos pagados hasta el tercer trimestre de este año, el del cuarto trimestre, no me lo han pasado, por tanto yo llamé al Banco, por si hubiera algún fallo, y en el banco me comentas, que a ellos no le han pasado nigún recibo. ¿ qué pasa si la comunidad comete algún fallo y no presenta el recibo?. Gracias.
23/12/2005 14:58

(perdón por intervenir tantas veces, pero es según "me van viniendo" las ideas)

El extracto de movimientos sugerido por Suicnop, puede pedirse de movimientos *selectivos*, es decir, al pedírselo al banco le señalas que desde tal a tal fecha te saque movimientos al debe y al haber, de tal importe (el importe de la cuota).

Con eso sale el adeudo, y la no devolución, al no aparecer el movimiento al haber.

Y no sale nada más de otras anotaciones de la cuenta.

O esto, o la certificación del banco.



23/12/2005 15:02
Canarión, díselo al Secretario y que haga una gestión ante la entidad bancaria donde la Comunidad mantiene la cuenta, que será donde entregan los recibos para que gestionen su cobro.

A lo mejor ha habido alguna incidencia y conviene aclararlo.

23/12/2005 15:06
A eso voy yo. ¿ Me pueden poner en una lista , que se entrega a todos los propietarios, como moroso, por un fallo de ellos, y además sin comunicarmelo antes a mi individualmente?
23/12/2005 15:20
A lo mejor no es un fallo de la comunidad, sino una incidencia del banco, (o bancos, también el tuyo) por cualquier fallo informático o despiste, u otras causas.

Es lo que te digo que conviene aclarar.
23/12/2005 15:25
Muchas Gracias luci por tu interes, pero sinceramente lo que me tiene rabioso es que por un posible fallo de alguien, el cual no soy yo, estos señores me pongan como Moroso. En el banco me afirman que no ha sido devuelto ningún recibo,ni de la comunidad ni de nadie.
Muchas gracias a todos.
23/12/2005 15:30
Perdon; el hecho que, por las razones que sea, la comunidad no ha pasado los recibos al cobro en las fechas establecidas para ello, no quita que el propietario "sabe" que tiene una obligación, y es,
que, por ejemplo, cada dia 5 del mes, de acuerdo con lo establecido, la comunidad ingresará la factura, el banco CARGARA SI HAY SALDO, sino, devolverá el recibo; en todo caso el propietario tiene la obligacion de velar por este pago, es pura responsabilidad suya, el resto no vale.
Viejo chiste: Va un paisano de mi zona rural a la ventanilla tipo conejera, de una banco y dice !haber! Quiero 500 pesetas; El viejo empleado, de hermosa visera y coderas aterciopeladas, coge el libro de cuentas y empieza a leer. DEBE/HABER, DEBE/HABER; el cliente se pone nervioso y le dice, ?como que debe de haber¿ !Tiene que haber!.
23/12/2005 15:38
Es decir, aunque exista por parte de la comunidad, un documento por el cual, incluso te dicen que es mejor domiciliar los recibos, se compromenten a presentar los recibos en el banco, y no lo hacen el culpable soy yo. Pues esta bien la cosa. además no tienen fecha fija para cargarlos, en el primer trimestre fue en febrero, en el 2º en junio y en el tercero en julio. Pues supongo que sólo cabe joderse. Muchas thanks a todos.
23/12/2005 15:38

Pudo suceder.
Imagínate, por ejemplo, que viniera mal indicada la cuenta, o que la digiten mal al marcarla.

Entonces pudo producirse la devolución.
Aunque no desde tu cuenta, ni por instrucciones ni culpa tuya.

La Comunidad debe aclararlo y pedirte disculpas tan públicas como públicas fueron las culpas, si así lo pides.

Si te interesa ejercer el voto el la próxima Junta, ponles un burofax para que aclaren el asunto y te sea devuelto (el papelin del buzón pueden decir que no lo recibieron, pero el burofax es fehaciente).

Porque si te quitan el voto indebidamente puedes impugnar.

23/12/2005 15:48
El burofax, que sea con acuse de recibo y certificación de contenido.
24/12/2005 20:40
En cualquier caso, si al final el fallo ha sido de la Comunidad, exige que en la Junta se aclare que tu figurabas como moroso indebidamente por culpa de la Comunidad, y que asi sea recogido en Acta.
24/12/2005 21:11
Lexis, no vale .
Si existe una disposición comunera en Acta, que los recibos tendrán vigencia cadencial en una fecha mensual fija, el pagador no puede ignorar ni responsabilizar a la Junta ni al banco de una negligencia, que puede ser, no lo niego, pero estos conceptos se consideran como un principio; distinto es que los miembros de la Junta no admitan un error, eso es otra cosa.
Estar una cuenta en descubierto está a la orden del día pero no es desdoro para el poseedor de la misma, porque su cargo está automátizado, o entra o no entra; La comunidad, tiene la obligación de comunicar al interesado; usted sí puede pedir al banco que compruebe esa posible contingencia, El único problema es que la comunidad tiene fechas arbitrarias para descontar y entonces HAY QUE CARGAR EL MUERTO A LA COMUJNIDAD y exigir una rectificación.
15/06/2008 18:49
En mi cdad se celebro una reunion extraordinaria el 12/06/08 en la citacion asia advertencia de que si no estabas al corriente se aplicaria el art 15. 2 no podria votar debia 144.36€ con lo que el dia mismo de la reunion ingrese en el banco 58.53€ mas un saldo que tengo a mi favor en la cuenta de la cdad de 85.83€ se me nego el voto y no pude votar pues argumentaban que ese dinero me lo devolverian cuando la junta de propietarios decidieran y que seria para despues del verano y no consintieron condonar la deuda con ese saldo ami favor ni la presidenta ni el administrador y el resto de asisttente que debo hacer ahora para impugnar esa privacion de voto indevidamente