No hay diferencia entre esos modos de denomibnar la prisión que se produce antes de que haya una sentencia firme, y que se da cuando hay riesgo de fuga, gravedad del delito, riesgo para víctimas o para la destrucción de pruebas. En cuanto a los grados, los delitos tienen una pena, que se podrá reducir en uno o dos grados si el delito es en grado de tentativa y/o si hay atenuantes. Por ejemplo, si la pena de un delito es de un año a tres y hay un atenuante se podría bajar un grado, es decir, el juez puede imponer una pena de seis meses a un año.